Uno de los anuncios en la última conferencia del Consejo de Ministros fue que el Gobierno apostará por un fraccionamiento especial de las deudas tributarias, sin distinción de la etapa en la que se encuentren. “Pueden acogerse todas las deudas: las que están reclamadas, apeladas, en el Poder Judicial o en el Tribunal Fiscal (TF)”, destacó el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), José Arista.
Esta medida busca atender un escenario en el que se registra una acumulación significativa de expedientes en el TF. Según expuso Arista, los reclamos de las empresas han significado, en acumulado, S/26,000 millones y el tiempo que toma atender cada uno es alrededor de nueve años.
“Esto es una administración de deuda muy poco eficiente porque genera muchos problemas tributarios. Primero, porque el que no quiere pagar se va al TF y se ‘parquea’ ahí unos años. Segundo, porque genera dudas a los inversionistas”, refirió.
Del monto de deuda acumulada encontrada, Arista informó que se ha reducido hasta los S/20,000 millones. Precisó que la idea es que, a diciembre de este año, resuelvan S/10,000 millones adicionales y lo restante en el transcurso del 2025. Además, buscan que los procesos en el TF pasen de 9 años a solo 9 meses.
¿Qué dicen los expertos sobre esta propuesta del Gobierno? ¿Es el camino?
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Detalles
Este beneficio estará dirigido a personas naturales y jurídicas (empresas) que tengan deudas tributarias en cualquier etapa. El plazo de acogimiento será máximo hasta el 20 de diciembre de este año y se tendrán tres mecanismos de pago: al contado, sumario (una cuota de acogimiento y luego unos tres meses para pagar) y fraccionadas (una de acogimiento no menor al 10% del total y con un cronograma de máximo 72 cuotas).
“El bono de descuento se aplicará sobre los intereses y las multas generadas en el incumplimiento. Se establece por el rango de la deuda y va desde el 50% al 100% en el caso de multas e intereses. No se afectará el tributo insoluto”, mencionó Arista.
Para Walker Villanueva, socio de Impuestos y Comercio Internacional de PPU, la medida resulta apropiada, toda vez que todavía no se ha concretado una recuperación luego de la crisis de la pandemia y la recesión económica del 2023.
“En el fondo se trata de una condonación. Lo que se busca decir es que se está intentando llegar a acuerdo sobre deudas controvertidas, ante un escenario donde no hay una resolución y ninguno tiene, de momento, la razón”, mencionó.
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Villanueva precisó que la posición del Estado es de renunciar a montos importantes a bien de concretar una recaudación pronta.
A su turno, Giorgio Balza, asociado principal de Cuatrecasas, también indicó que la medida resulta positiva, en línea a que brinda un nuevo mecanismo a los contribuyentes para afrontar el cumplimiento de sus deudas. Sin embargo, también identificó matices.
“Antes del 2014, las deudas en el TF, por ejemplo, generaban intereses durante todos los años de su proceso. Eso las hacía costosas. Sin embargo, en 2014 entra en vigencia una normativa que limita los intereses a solo el primer año. Entonces, cada caso deberá evaluar si acogerse a este fraccionamiento el resulta menos caro”, anotó.
La tasa de interés anual fijada para las deudas tributarias es de 10.8%.
“También deberá evaluarse las condiciones de la norma, por ejemplo, si está vinculada a un desistimiento de los procesos de impugnación. Si es el caso, cada caso deberá analizarse individualmente para ver qué le conviene en términos de flujos de caja”, complementó.
Bachiller en Comunicación y Periodismo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), especializado en economía, negocios, mercado laboral, políticas públicas, tributario, procesos concursales.
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