Policías. (Foto: GEC)
Policías. (Foto: GEC)

El Poder Ejecutivo aprobó una norma que establece el monto, criterios y condiciones , como parte de las acciones para reforzar la lucha contra la delincuencia común y la inseguridad ciudadana.

El publicado en el diario El Peruano, fija un pago de S/ 16 por hora por los servicios prestados, siempre que el efectivo cumpla una jornada de siete horas ininterrumpidas por día. Este monto no es remunerativo ni pensionable, no está sujeto a cargas sociales y no forma parte del cálculo de beneficios laborales.

El beneficio está dirigido al personal policial de armas en actividad, con aptitud médica “A”, desde oficiales hasta el grado de mayor y suboficiales, excepto los suboficiales de tercera recién egresados, quienes continúan en periodo de adaptación a la función policial.

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El servicio es estrictamente voluntario y no puede realizarse simultáneamente con otras actividades extraordinarias autorizadas por convenio.

El decreto también establece límites de prestación: los policías en franco podrán acumular hasta 15 días de servicio por mes, mientras que aquellos en vacaciones no podrán exceder 30 días por año.

Los jefes de regiones y frentes policiales serán responsables de organizar la convocatoria, inscripción, sorteo y supervisión del personal participante.

La Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional deberá remitir la relación de beneficiarios al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para su registro en el Aplicativo Informático de Recursos Humanos del Sector Público, paso previo al pago.

Finalmente, el Ejecutivo precisó que la entrega económica se financiará con el presupuesto del Ministerio del Interior (Mininter), sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.

El decreto fue refrendado por el presidente José Jerí, así como por la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Miralles, y el ministro del Interior, Vicente Tiburcio.

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