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El Pleno del Congreso regresó el dictamen de los proyectos de ley que busca modificar la Ley 29482, ley de promoción de actividades en zonas altoandinas a la Comisión de Producción, posponiendo la entrada en vigencia de los beneficios tributarios que dichas actividades requieren.

La ley original, publicada en el 2009, exonera a un grupo de personas, mypes y empresas comunales que realicen actividades realizados en las zonas altoandinas (a partir de los 2,500 metros sobre el nivel del mar) de pagar impuesto a la renta y tasas arancelarias, así como el IGV por sus importaciones de bienes de capital con fines de uso productivo.

Dicho beneficio, sin embargo, solo tenía un plazo de 10 años.

El dictamen que ahora ha regresado a Comisión proponía restituir estos beneficios por tres años más, desde que entrase en vigor la nueva ley y, además, buscaba incluir nuevas actividades bajo su gama.

Por ejemplo, ahora se contemplarían las actividades de producción y manufactura de lana de ovinos y pieles de crianza, así como las actividades de Turismo Rural Comunitario.

Por ende, en tanto la ley no fue aprobada, el beneficio quedará sin aplicarse hasta una futura fecha incierta.

Razón

El dictamen no fue aprobado debido a que varios congresistas presentaron quejas acerca de su alcance.

Se planteó que se modifique la norma para beneficiar a toda actividad por sobre los 1,500 metros sobre el nivel del mar, para poder ayudar a más personas en situación de pobreza, reduciendo la altura mínima de las poblaciones beneficiadas por 1,000 metros.

También se planteó que el beneficio se extienda por 10 años, en lugar de solo 3.

En ese sentido, el presidente de la Comisión, Walter Ascona Calderón, indicó que era necesario reevaluar el dictamen con estas nuevas propuestas en mente, por lo que se postergará su vigencia.