Desde el 1 de enero hasta el 30 de marzo de cada año, están prohibidas la extracción del tiburón martillo. (Foto: Andina)
Desde el 1 de enero hasta el 30 de marzo de cada año, están prohibidas la extracción del tiburón martillo. (Foto: Andina)

Con el motivo de preservar y explotar de manera racional los recursos hidrobiológicos, el dio por concluido, a través de la Resolución Ministerial Nº 000226-2023-PRODUCE, las del recurso , ya que normas anteriores han alertado el avance de su extracción que tiene un limite cada año.

Cabe indicar que se había establecido un tope a la extracción de este recurso por temporada. Es decir, según la norma, desde el 1 de enero hasta el 30 de marzo de cada año, está prohibida la extracción del . A partir del siguiente día hasta el 31 de diciembre se establece la temporada de pesca y, por ende, su extracción.

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Tope a la extracción del tiburón martillo

Más allá de regularizar la extracción por temporada, también se ha emitido resoluciones en cuanto a la cantidad máxima de extracción de este recurso, que usualmente son por toneladas.

Según señala la norma el límite de captura del tiburón martillo es de 440 toneladas por año; cuando se haya superado ese tope, el concluye las actividades extractivas del recurso.

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Medio año para haber alcanzó el límite de captura

De acuerdo a registros de desembarques de este recurso a nivel nacional, las autoridades competentes que regulan la ha identificado que a lo que va del año está cerca por cumplirse el límite de captura y ha proyectado que en los siguientes días se superará el tope establecido.

“Se observa que, al 03 de julio del presente año, los desembarques del recurso tiburón martillo en el marco de la Resolución Ministerial 132-2023-PRODUCE, ascienden a un total de 425.63 toneladas, equivalente al 96.73 % del límite de captura establecido para el 2023″; ii) “(…) de acuerdo a la información de los desembarques diarios del recurso tiburón martillo realizados por la flota artesanal, se proyecta que al 07 de julio los desembarques alcanzarían 437.79 toneladas que corresponde a 99.50% del límite de captura del recurso tiburón martillo establecido para el 2023″, dice la Resolución.

Ante ello, se emitió la Resolución para dar por concluida la extracción y así preservar el recurso marítimo.

“Se resuelve dar por concluidas las actividades extractivas del recurso tiburón martillo (Sphyrna zygaena), a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente”, dice la norma.

Por otro lado también señala lo que deben hacer los armadores de embarcaciones si todavía siguen capturando este recurso.

“Los armadores de embarcaciones dedicadas al recurso tiburón martillo (Sphyrna zygaena), pueden realizar sus desembarques siempre que cuenten con autorización de zarpe de fecha anterior a la vigencia de la conclusión de las actividades extractivas a la que se refiere el numeral precedente”, se menciona en la Resolución.

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