El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó medidas de ordenamiento en las embarcaciones pesqueras artesanales, para el aprovechamiento sostenible del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas).
Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial Nº 00051-2025-Produce, publicado en el Boletín de Normas Legales del diario oficial.
La norma establece que la actividad extractiva del recurso calamar gigante se realiza por embarcaciones pesqueras artesanales que cumplen con diversas medidas de ordenamiento (de la pesca de esa especie).
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¿Qué medidas se deben cumplir?
Entre estas figuran el contar con permiso de pesca vigente con acceso citado recurso hidrobiológico, utilizar como único arte de pesca la línea potera, y realizar su descarga en los puntos de desembarque autorizados por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (de Produce)
También establece que la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, mediante resolución directoral, aprueba el listado de los puntos de desembarque autorizados, al día siguiente de la publicación del presente dispositivo.
Asimismo, la citada Dirección General está facultada para modificar, mediante Resolución Directoral, el listado de los puntos de desembarque autorizados.
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Difusión y cumplimiento
La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca Artesanal, y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura de Produce realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Todo ello -indica el sector- sin perjuicio de las acciones que correspondan ser efectuadas por las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales respectivos y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, en el ámbito de sus competencias.
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