
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) ha aprobado modificaciones al Reglamento del Mercado Alternativo de Valores (MAV), con el objetivo de simplificar procedimientos, ampliar el acceso al mercado y reducir costos de cumplimiento.
Entre los principales cambios, está la inclusión del formato único de trámite, con lo que se estandariza la presentación de solicitudes ante la SMV, indica el estudio Salas Rizo Patrón & Margary.
Asimismo, se integran en el reglamento los requisitos para inscripción de valores, programas de emisión y actualización de prospectos (informativo, marco y complementos), consolidación que facilita la aplicación por parte de los administrados.
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También se incorpora un listado de variaciones fundamentales -cambios en condiciones de oferta o programa que afecten el riesgo de los valores- y no fundamentales, antes dispersos en manuales.
Así, el procedimiento aplicable para las variaciones fundamentales, incluye la evaluación previa con silencio administrativo positivo (plazo máximo: 15 días).
Y para variaciones no fundamentales, aplicará el régimen de aprobación automática (mayor agilidad y menores costos).
El MAV constituye un régimen de oferta pública que establece menores requisitos, obligaciones y costos en comparación con el régimen general, lo cual se traduce en menores plazos y mayores flexibilidades para las empresas que inscriban sus valores o programas de emisión en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV.
Además, el estudio refiere que se eleva el requisito de ingresos anuales promedio de los últimos cinco ejercicios a S/ 450 millones. Esto permitirá que más empresas puedan acceder al MAV como alternativa de financiamiento.
Finalmente, a partir del 1 de enero de 2026, las empresas que participen en el MAV pagarán 1% adicional por concepto de negociación secundaria. A ello se suma otro 1% de las contribuciones por los servicios de supervisión
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.