SBS. (Foto: GEC)
SBS. (Foto: GEC)

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP declara el sometimiento a régimen de intervención de dos.

Estas son Nuevo Milenio Limitada y Líderes Emprendedores Red Nacional, por encontrarse incursas en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

Dichas disposiciones se dan por medio de las resoluciones y , respectivamente.

LEA TAMBIÉN: Caso Caja Raíz en recta final: SBS define proceso de liquidación a dos años de intervenirla

¿De cuánto serían las pérdidas?

Por el lado de la cooperativa Nuevo Milenio Limitada, al cierre de junio del 2024 registró un patrimonio negativo ascendente a - S/ 1,748,406.45.

La SBS designó a Johnny José Luis Cortez Misad, identificado con DNI N° 43234734, y a Karen Cerna Guillen, identificada con DNI N° 45594646, como interventores, principal y alterna, respectivamente, para que, en representación de la Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención.

Respecto a los estados financieros ajustados a diciembre del 2024, la cooperativa Líderes Emprendedores Red Nacional reporta un patrimonio negativo de - S/ 1 982 302.74.

Aquí se designó a Aldo Erick Rojas Sánchez, identificado con DNI N° 46592566, y a Ricardo Rey Mendez Tapia, identificado con DNI N° 76503967, como interventores, principal y alterno, respectivamente, para que, en representación de la , realicen los actos necesarios para llevar adelante el proceso.

Las normativas señalan que los mencionados representantes gozarán de todas las facultades necesarias para:

  • a) La determinación del patrimonio real de las cooperativas intervenidas, en aplicación del artículo 5 del Reglamento de Regímenes Especiales.
  • b) La suscripción de la constancia de convocatoria y de quórum de la Asamblea General de las cooperativas, así como limitar exclusivamente los temas a tratar en dicha asamblea, conforme al artículo 7 del Reglamento de Regímenes Especiales.
  • c) El cumplimiento de las disposiciones dictadas por esta Superintendencia respecto de la aplicación del régimen de intervención, conforme al subcapítulo I del Capítulo II del Reglamento de Regímenes Especiales.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de Regímenes Especiales, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, con respecto a las cooperativas intervenidas, se prohíbe lo siguiente:

  • a) Iniciar contra ella, o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
  • b) Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra ella.
  • c) Constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
  • d) Hacer pagos, adelantos o compensaciones o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
  • e) Constituir medida cautelar contra sus bienes.
LEA TAMBIÉN La primera billetera móvil en Perú: sufrió traspiés y ahora busca dar pelea a Yape

TE PUEDE INTERESAR

Caso Caja Raíz en recta final: SBS define proceso de liquidación a dos años de intervenirla
Bancos deberán dar más información de sus inversiones, ¿qué mirará con lupa la SBS?
Cambios en el seguro de depósito: SBS realiza 4 ajustes en cooperativas de ahorro y crédito

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.