La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de Financiera Credinka, iniciándose el respectivo proceso de liquidación por el acelerado deterioro de su patrimonio, causal establecida en el numeral 4 del artículo 104 de la Ley General del Sistema Financiero (Ley N° 26702).
A través de la Resolución SBS N° 03376-2024, publicada hoy en el diario El Peruano, se dispone que está prohibido iniciar procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo en contra de la financiera.
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Asimismo, perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra Credinka, así como constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la precitada empresa, en garantía de las obligaciones que le conciernen.
Del mismo modo, está prohibido hacer pagos, adelantos o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan a la indicada empresa y se encuentren en poder de terceros, con excepción de algunas compensaciones.
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La norma faculta a los funcionarios de la SBS, Pablo Fauberto Cosar Ramos y Joao Martín Vidarte Chinchay, para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el proceso de liquidación, así como su posterior transferencia a la persona jurídica liquidadora.
Cabe recordar que, el 20 de setiembre del 2024, la superintendencia había oficializado el sometimiento a Régimen de Intervención a la Financiera Credinka y aprobó que participe en el Subprograma de Facilitación de la Reorganización Societaria de Instituciones Especializadas en Microfinanzas.
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