
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Cumbre, por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.
Mediante Resolución SBS N° 01294-2025, publicada en el diario El Peruano, se excluyó a La Cumbre del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
La norma también señala que se debe continuar con las prohibiciones impuestas durante el régimen de intervención a la cooperativa, las cuales son las siguientes:
LEA TAMBIÉN: Cajas en pie de guerra con SBS por críticas a sus directores, ¿hay “cabes”?
- Iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
- Constituir gravámenes sobre algunos de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
- Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
- Constituir medida cautelar contra sus bienes.
La SBS designó a George Roger Vilcatoma Ollais y Antonio Flores Piña como administradoras temporales, principal y alterno, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Cumbre.
La norma faculta a las administradoras temporales de la cooperativa para que, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la mencionada cooperativa.