Real Plaza tiene el derecho de impugnar la decisión en primera instancia del Indecopi ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi. (Foto referencial: Real Plaza Cusco).
Real Plaza tiene el derecho de impugnar la decisión en primera instancia del Indecopi ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi. (Foto referencial: Real Plaza Cusco).
Redacción Gestión

El , a través de la , sancionó en primera instancia al centro comercial con una multa de 22.97 UIT, equivalente a S/122,889, por no activar oportunamente sus protocolos de seguridad tras una denuncia de presunta agresión a un menor dentro de sus instalaciones.

¿Qué pasó? La Comisión del concluyó que el personal de seguridad de este , ubicado en Cusco, no actuó con la debida diligencia luego de que un niño reportara un intento de tocamientos indebidos en los baños. La versión del menor fue confirmada por otro niño que presenció los hechos.

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Ante esa situación, se determinó que la empresa vulneró el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no garantizar la idoneidad del servicio ni brindar una respuesta adecuada ante una situación de riesgo.

Medidas correctivas para Real Plaza

Como parte de las medidas correctivas, el ordenó a capacitar a su personal, implementar mecanismos visibles para reportar agresiones o reclamos, y actualizar sus protocolos de seguridad. Asimismo, la empresa deberá acreditar el cumplimiento de estas medidas dentro del plazo establecido.

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Sin embargo, tiene el derecho de impugnar esta decisión ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa.

¿Qué respondió el Real Plaza ?

Ante la resolución del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) que sanciona en primera instancia a nuestro centro comercial en Cusco, señalamos lo siguiente:

1. Nos solidarizamos por el difícil momento que vivieron los afectados y rechazamos cualquier situación que pueda perturbar el bienestar, principalmente, de menores de edad.

2. Respecto a la resolución emitida, consideramos que la sanción impuesta no refleja con precisión las acciones desplegadas por nuestro equipo, ni toma en cuenta de forma suficiente el contexto relacionado al incidente reportado. En Real Plaza contamos con Códigos de Seguridad y trabajamos con una empresa de seguridad autorizada y capacitada. Además, la Policía Nacional del Perú fue informada de inmediato y asumió el rol de garante, conforme a sus competencias legales.

3. Consideramos que la decisión adoptada en esta primera instancia parte de una valoración limitada de las pruebas presentadas y no toma debidamente en cuenta la evidencia adicional entregada, como registros de capacitación y comunicaciones formales con las autoridades pertinentes.

Ante ello, hemos tomado la decisión de apelar esta resolución a fin de que se valoren objetivamente los elementos probatorios y se garantice una evaluación justa y completa del caso. 4. Reiteramos nuestro absoluto respeto por las autoridades competentes y los procesos institucionales en curso. Continuaremos trabajando incansablemente para brindar un entorno seguro para nuestros visitantes.

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