A fines de noviembre del 2021 se promulgó la Ley Nº 31362, ‘Ley de pago de facturas mype a treinta días’, norma que ha generado gran expectativa en las micro y pequeñas empresas (mypes), pues les permitirá recibir en un menor tiempo el pago por la venta de sus bienes o servicios.
No obstante, representantes de gremios mypes advierten que la norma aún no se aplica, pues se está a la espera de la publicación del reglamento de la ley.
La Ley Nº 31362 dio un plazo máximo de 90 días al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para la publicación del reglamento. Este plazo ya ha sido superado pero aún no se publica el reglamento. Gestión consultó con las áreas de prensa del MEF y el Ministerio de la Producción sobre el reglamento, pero no hubo respuesta.
Otro artículo de la Ley Nº 31362 da un plazo de adecuación de seis meses, contado a partir de su promulgación, periodo en el cual las facturas de las empresas privadas podrían ser pagadas en un máximo de 60 días (tras este plazo de adecuación, el plazo máximo de pago bajaría a 30 días).
No obstante, Daniel Hermoza, director de Mypes Unidas del Perú, indicó que tampoco se está cumpliendo con este periodo de adecuación, pues las empresas compradoras esperan la emisión del reglamento de la ley.
“La ley no se está aplicando, ni los 30 ni 60 días. Invocamos al Ejecutivo a que publique pronto el reglamento, pues las mypes pasan por tiempos complicados y no queremos que estén descapitalizadas”, señaló.
Hermoza refirió que los plazos de pago de las facturas del sector privado varían, “pueden ser desde contraentrega o hasta en seis meses”, señaló.
Mientras que los plazos de las facturas de las empresas estatales varían en un rango de 30 a 60 días, “ese es el promedio, pero hay casos en que demoran mucho más”, anotó Hermoza.
Por su parte Fernando Calmell del Solar, presidente de la Asociación de Emprendedores de Perú (ASEP), coincidió en que la ley aún no se aplica por la falta de su reglamento, por lo que también se sumó al pedido para su pronta emisión.
“Y también debe darse un plan de difusión de la norma, pues hay muchas empresas que aún no la conocen. Queremos un cambio de conciencia respecto a los plazos de pago de las facturas”, refirió.
Uno de los aspectos que regulará el reglamento de la ley será el procedimiento a seguir por las empresas para el pago de los intereses moratorios, en caso las facturas sean canceladas en una fecha posterior al plazo máximo.
“Eso también aplicará para las empresas estatales, que deberán pagar intereses. El Ejecutivo seguramente está elaborando con cuidado todo el procedimiento legal que habría con las empresas estatales”, anotó Daniel Hermoza.