El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por América Móvil Perú (Claro) contra la resolución N° 350-2023-GG/OSIPTEL. Previamente, la empresa de telecomunicaciones había presentado un recurso para la reconsideración de la resolución N° 263-2023-GG/OSIPTEL, que establece una multa del valor de 51 UIT (S/262,650).
La sanción a la empresa se remonta a marzo del 2021, cuando el Osiptel impuso a América Móvil una medida cautelar, a través de la Dirección de Fiscalización e Instrucción. En el plazo de dos días, la firma debía enviar un mensaje de texto a abonados, previamente identificados, indicándoles sobre el bloqueo de la línea por ser reportados como sustraídos.
El objetivo era que dichas líneas se encuentren ingresadas en el EIR (Registro de Identificación del Equipo) de la empresa operadora, una vez vencidos los plazos.
Así, en febrero del 2023, Osiptel inició un procedimiento administrativo sancionador a la referida compañía indicando que no había cumplido con lo dispuesto por esta entidad. Dicha situación finalmente derivó en la citada multa, que ahora es ratificada contra América Móvil.
LEA TAMBIÉN: Osiptel redujo multas a América Móvil tras aceptar “en parte” apelaciones
De este modo, Osiptel, en su resolución Nº 00006-2024-CD, precisó que el caso culminó en la vía administrativa. Así, en adelante, no procederá recurso alguno. Además, extendió la decisión a la Oficina de Administración y Finanzas de dicho órgano para la medidas correspondientes.
Procedimientos anteriores
En diciembre del 2023, Osiptel declaró fundado “en parte” dos recursos de apelación interpuestos por América Móvil Perú contra dos resoluciones de sanción. De esa manera, la entidad le redujo las multas de 102 UIT (S/ 504,900) a 58.49 UIT (S/ 289,525.5) en suma.
LEA TAMBIÉN: Robo de celulares representa más de S/ 2,100 millones al año en costo de equipos para peruanos
En el primer caso, el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) de dicha entidad había declarado la responsabilidad administrativa de la compañía por el incumplimiento de 26 resoluciones, tipificadas en el artículo 13 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones (RGIS). Por ello, le impuso una multa de 51 UIT (S/ 252,450), en diciembre del 2021.
Sin embargo, América Móvil Perú presentó un recurso de apelación y el Consejo Directivo de Osiptel lo declaró fundado “en parte”, reduciendo la referida sanción a 41,35 UIT (S/ 204,682.5), a través de la resolución 00328-2023-CD/OSIPTEL.
LEA TAMBIÉN: Osiptel: ¿qué trámites se pueden hacer desde las apps de las empresas operadoras?
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.