El Organismo Supervisor de Inversiones Privadas en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundado el recurso de apelación que interpuso Telefónica del Perú -que opera bajo la marca Movistar- contra una resolución emitida en marzo por la gerencia general de esta entidad. En esa disposición, le impuso a la compañía tres multas de 113.2 UIT o S/582,980 cada una, sumando un total de S/1,748,940. ¿Qué originó esta sanción?
Según la institución, dicho caso se remonta a 2023. En ese año, la Dirección de Fiscalización del regulador comunicó a Telefónica el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (PAS) por la presunta comisión de una infracción, indicando que la empresa no cumplió con remitir, a través del Sistema de Gestión de las Estadísticas Periódicas (SIGEP) ni por ningún otro medio, un total de seis formatos de información.
Además, reportó que la compañía envió fuera de plazo 38 formatos correspondientes a los periodos del cuarto trimestre, segundo semestre y anual de 2020.
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Frente a esa situación, Telefónica interpuso un recurso de apelación en abril de este año para anular la sanción impuesta. La empresa de telecomunicaciones consideró desproporcionado ser sancionada económicamente por la no entrega de formatos de información, argumentando que esto le genera un claro perjuicio económico y desincentiva la inversión privada en el sector.
Además, aseguró que sí cumplió con remitir el formato, pero debido a una deficiencia del sistema, que estaba en mantenimiento, no puede demostrarse el envío efectuado.
Por su parte, el Consejo Directivo del Osiptel refutó dicho argumento, señalando que el SIGEP estuvo en mantenimiento desde agosto de 2023; es decir, después de la fecha límite para la entrega de la información. Además, la primera instancia señaló que el SIGEP no contiene la información respecto a las altas y bajas de conexiones de acceso a internet fijo de Teléfonica, la cual tiene una periodicidad de entrega semestral y cuya fecha límite ya había pasado.
Asimismo, indicó que la compañía tampoco envió lo requerido por correo electrónico al administrador del SIGEP.
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Ante esos hechos, decidió desestimar la solicitud de nulidad de Telefónica, por lo cual la empresa deberá pagar la multa mencionada inicialmente.
Las multas de Telefónica
Según el Osiptel, Teléfonica se ha convertido en la empresa más multada del sector de telecomunicaciones en los últimos cinco años, acumulando sanciones que superan los S/157 millones por diversas infracciones a normas legales y obligaciones contractuales.
Hasta enero de 2023, las multas impuestas a Teléfonica, declaradas firmes tanto por la gerencia general de la entidad en primera instancia como por su consejo directivo en segunda instancia, representaron el 41.71% del total de sanciones aplicadas a todas las compañías operadoras en el último lustro a esa fecha, alcanzando un total de S/377.55 millones.
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En contraste, las multas establecidas a Claro (S/72.20 millones), Entel (S/65.05 millones), Bitel (S/54.36 millones) y otras empresas operadoras (S/28.48 millones) representaron conjuntamente el 58.29% del total de las multas aplicadas en el mismo periodo.
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