El 70% del pago del aporte por la altura adicional del edificio se destinará a la municipalidad distrital de la jurisdicción en la cual se ubica el predio y el 30% restante del pago se realizará a la municipalidad provincial (Foto: GEC)
El 70% del pago del aporte por la altura adicional del edificio se destinará a la municipalidad distrital de la jurisdicción en la cual se ubica el predio y el 30% restante del pago se realizará a la municipalidad provincial (Foto: GEC)

El Ministerio de Vivienda emitió el miércoles el reglamento de la Vivienda de Interés Social (VIS), el cual busca promover este tipo de proyectos inmobiliarios a nivel nacional (Decreto Supremo Nº 006-2023-vivienda).

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.