La Dirección de Fiscalización del Indecopi analizó 50,000 audios relacionados a la aseguradora de un total de 7 millones de archivos que se vienen investigando. Foto: GEC.
La Dirección de Fiscalización del Indecopi analizó 50,000 audios relacionados a la aseguradora de un total de 7 millones de archivos que se vienen investigando. Foto: GEC.
Redacción Gestión

La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N°3 del inició de oficio un procedimiento administrativo sancionador contra y Reaseguros y el call center Impulsa365 S.A.C., debido a que habrían publicitado productos y servicios a consumidores que no brindaron su consentimiento para recibir información a través de llamadas, es así que con esta práctica comercial se considera que se infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Informó que este es el resultado de la primera investigación culminada por la Dirección de Fiscalización que analizó, con el apoyo de la inteligencia artificial y ciencia de datos, más de 50,000 archivos de llamadas telefónicas efectuadas por el referido call center para ofrecer productos y servicios de la aseguradora, determinándose que no se acreditó que las empresas tenían el consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco de los consumidores para realizar llamadas destinadas al ofrecimiento de los productos y servicios.

“La citada información fue determinante para que la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N°3 inicie el procedimiento con la finalidad de cautelar los derechos de los consumidores". explicó.

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Analizan7 millones de archivos de audio

El caso, es parte de un conjunto de investigaciones que la Dirección de Fiscalización viene realizando a empresas de los sectores, bancario, seguro y telecomunicaciones para lo cual se están analizando 7 millones de archivos de audio, con apoyo de la inteligencia artificial y cuyos resultados de la investigación se darán a conocer próximamente.

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Cabe precisar que un procedimiento administrativo sancionador podría concluir con multas de hasta 450 UIT equivalente a S/ 2′407 500, y medidas correctivas a favor de los consumidores afectados, de acuerdo con lo establecido en el Código.

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