
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) modificó el reporte de cumplimiento del código de buen gobierno corporativo a fin de conocer si existen diferencias en las retribuciones recibidas por los directores, así como el perfil del comité de auditoría de las empresas listadas en la Bolsa de Valores de Lima (BVL).
De este modo, el regulador incorporó al reporte consultas – a ser respondida por estos emisores- referidas al envío oportuno de información de interés al comité de auditoría para realizar sus funciones, y a la instrucción de sus miembros. Es decir, si la empresa cuenta con un plan de capacitaciones de los integrantes del comité, aprobado por el directorio, o si recibieron formación especializada.
Asimismo, la SMV indaga sobre la evaluación del desempeño de los miembros del comité de auditoría, que abarca la autoevaluación de ese comité y el análisis de efectividad realizado por el directorio.
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El comité de auditoría es uno de los más importantes en una compañía, si bien su adopción es voluntaria (excepto para algunas entidades supervisadas por la SBS como los bancos, aseguradoras y AFP), incluye estándares que son relevantes para quienes buscan invertir en estas firmas, dijo a Gestión Juan Antonio Llanos, abogado financiero.
Así, precisó que un 67% de los emisores del mercado de valores cuentan con el mencionado comité, lo que los hace más visibles frente a los inversionistas.
“Un inversionista, sobre todo los extranjeros o más sofisticados, que evalúa ingresar al capital de una empresa, pide los estados financieros y las memorias para ver si cumple con requisitos de gobernanza. Y si no los tiene, para preguntarle si tiene planes de adoptarlos”, comentó.
Por ejemplo, los inversionistas esperarían que la información enviada al comité para su revisión sea con cinco días de anticipación o, por lo menos, en un rango de tres a cinco días, refirió el especialista.

¿Cómo se forma el comité de auditoría?
Pese a que no hay parámetros específicos para la conformación del comité de auditoría, Llanos explicó que es poco probable que la mayoría de los directores responda de forma afirmativa a las consultas del reporte sobre la designación de un ejecutivo como miembro.
“Salvo para supervisadas por la SBS, a las que exige que los miembros de sus comités de auditoría tengan conocimientos y experiencia necesarios y sea presidido por un independiente, no existen requisitos legales para el resto de emisores”, aclaró.
Además, detalló que dicho comité puede estar conformado por dos o más miembros del directorio y no tiene un periodo fijo de vigencia, sino que se puede renovar a una persona en el cargo de forma indeterminada.
Las empresas deberán responder a las preguntas incorporadas al reporte desde el 2026, aunque la información consignada corresponderá al presente ejercicio.
“Si las compañías quieren informar que sí capacitan a su comité o que sí lo evalúan, deberán implementar esto en los meses que restan del año”, indicó el abogado.

¿Qué información de los directores deberán presentar?
La SMV también solicitará a las empresas emisoras de valores en el mercado de capitales que precisen los criterios que utilizan para determinar el esquema de retribución de los miembros del directorio.
“Solo en el caso de que existieran diferencias en los montos o en los porcentajes resultantes de la aplicación de dichos criterios entre los distintos directores durante el ejercicio, explique las razones que justifican tales diferencias”, detalla la norma.
- Otros criterios: Entre las preguntas sobre la designación de los miembros del comité figura si el director cuenta con experiencia y conocimientos en finanzas, contabilidad, auditoría y/o gestión de riesgos. Además, se inquiere si dicha experiencia es en el sector en el que opera y si ha sido miembro del comité de auditoría en otras compañías.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.