El Minem aprobó un nuevo reglamento de calificación de interesados en realizar actividades de hidrocarburos. En este otorga mayor responsabilidad a Perupetro en determinar las inversiones que se realizarán en exploración o explotación, y a su vez es más exigente en materia ambiental, así como en prevenir la corrupción en ese rubro.
La norma estipula que Perupetro es el encargado de evaluar a los interesados, por ejemplo las empresas, que soliciten calificación para determinar si tienen capacidad legal, técnica, económica y financiera mínimas para suscribir contratos para realizar exploración o explotación de hidrocarburos.
Infracciones
Así, se establece que no podrán obtener calificación ni ser clasificados como sujetos técnicos operadores, quienes figuren -por la comisión de infracciones tipificadas como graves o muy graves- en el Registro de Infracciones Ambientales (RINA) del OEFA.
Este impedimento se aplicará, salvo que acrediten el cumplimiento de medidas correctivas al momento de solicitar la calificación.
Como otra novedad, el reglamento le permite a Perupetro aplicar diversos criterios para establecer las áreas del territorio que serán sujetas a contrato, como por ejemplo el potencial exploratorio y/o productivo que contenga determinadas zonas, así como el grado de madurez promedio de los campos.
Inversiones mínimas
Otro de los criterios es que los pozos exploratorios o de desarrollo deberán tener una profundidad mínima para alcanzar un objetivo geológico que establezca Perupetro, así como una inversión mínima requerida para el desarrollo inicial de las actividades de exploración o explotación, para lo cual se elaborará un programa mínimo de trabajo referencial.
Dificultad
Un principio adicional para que Perupetro establezca áreas de contrato será el grado de dificultad técnica o logística para realizar las actividades antes indicadas en reservorios convencionales y no convencionales.
Asimismo, los interesados deberán certificar que no se encuentran en situación de liquidación, quiebra o suspensión de pagos sujeta a cualquier procedimiento de la Ley general del Sistema Concursal, o se haya acordado su disolución.
Igualmente, para calificar, ni el interesado ni las empresas bajo su control, sus socios, accionistas, apoderados o representantes legales deberán haber admitido la comisión de delitos vinculados a organizaciones criminales, lavado de activos, tráfico de drogas, corrupción de funcionarios, ni haber sido condenados por esos delitos.
Extracción de crudo aún no supera nivel prepandemia
La producción de petróleo en octubre último alcanzó los 44,200 barriles en promedio diarios (BPD), volumen que resultó 17% mayor que los 37,800 barriles diarios extraídos en promedio en el 2020.
Sin embargo, el resultado del mes pasado, siendo el más alto en lo que va del año, aún resulta inferior en 21.1% con respecto a los 56,040 BPD producidos en igual mes del 2019, es decir todavía no supera los niveles prepandemia.
Entre las áreas con mayor producción registrados en octubre del presente, figuraron los lotes X, ubicado en Piura, con 12,502 BPD, seguido del Lote Z-2B, con 5,783 BPD, y el Lote 95, con 12,767 barriles.
Los lotes que no registraron producción son el 192, Z-1, Z-6 y el Lote 8.
En cuanto a la producción de líquidos de gas natural, en el décimo mes del 2021 fue de 85,260 barriles en promedio diarios, cifra mayor en 3.86% respecto a similar mes del 2019, lo que significa que muestra señales de recuperación, según el último reporte de la SPH.