Para iniciar la construcción de un proyecto inmobiliario se requiere -entre otros- contar con una licencia de edificación que es otorgada por la municipalidad correspondiente. Es decir, si un municipio se retrasa en entregar dicha licencia, el inicio de una obra se queda en espera.
Frente a ello, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) alista un proyecto de ley para modificar la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (N° 29090), adelantó a Gestión la viceministra de Vivienda y Urbanismo, Cecilia Lecaros.
¿Qué traerá consigo esta iniciativa? José Antonio Cerrón Valdivia, director general de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, explicó a este diario que se apuntará -entre otros- a la figura del revisor urbano.
Detalló que existen administrados -promotores inmobiliarios, propietarios, etcétera- que optan por utilizar la figura del revisor urbano, el que emite un documento llamado “informe técnico favorable (ITF)”, para agilizar los procesos. Con ello, solicitan a la municipalidad la licencia, pero en muchos casos el municipio no cumple con el tiempo establecido y hay retrasos.
“Lo que estamos proponiendo es que en caso el administrado tenga un ITF por parte del revisor urbano, y la municipalidad no emita la licencia en el tiempo correspondiente (hasta tres días), el título habilitante que me permite iniciar la ejecución de las obras ya no va a ser la licencia, sino el ITF”, anotó.
Esto puede ser realizado -dijo- porque el ITF es el acto administrativo que otorga el derecho a edificar, y la licencia es un acto declarativo.
La licencia
El cambio no implicaría que la licencia pierda relevancia. Pues de todas maneras debe ser entregada por la municipalidad al administrado.
“Que sea el informe técnico favorable el título habilitante que permita el inicio de las obras, no limita que la municipalidad me notifique la licencia porque al final la necesito para temas financieros, así como para registrarla en Registros Públicos”, indicó.
Otros detalles
También se buscará que los revisores urbanos puedan hacer la revisión de la conformidad y recepción de obra, actividad sobre la que hoy no tienen competencia.
Cerrón Valdivia indicó que a la par de este proyecto de ley, ayer venció la prepublicación de una modificación al reglamento de los revisores urbanos, donde se harán cambios al procedimiento sancionador.
Recordar que para que los arquitectos o ingenieros (civiles, eléctricos o electromecánicos) puedan ejercer función administrativa (como revisor urbano) tienen que aprobar un curso de especialización, inscribirse en el MVCS y a partir de esa inscripción recién pueden revisar proyectos de edificaciones urbanas o de edificaciones.
Se busca crear figura de inspector privado de obra
El MVCS mencionó que para la parte de la ejecución de la obra se crearía -como parte del proyecto de ley- un nuevo actor: el inspector privado de obra. “El inspector privado de obra va a tener las mismas obligaciones que un inspector municipal de obra. A veces el promotor inmobiliario consigue su licencia, solicita el inicio de las obras a la municipalidad, pero la municipalidad le dice: no cuento con el inspector de obra que te va a supervisar la ejecución. Esa es otra limitación”, advirtió.
Se trataría de un arquitecto o ingeniero, registrado en el colegio profesional correspondiente, al cual el promotor inmobiliario va a poder acudir para poder contratarlo y que supervise la correcta ejecución de obra.
Además, se pretende impulsar la certificación de todos los funcionarios o servidores municipales que tengan alguna participación en alguna etapa de los procedimientos de emisión de licencia de habilitación urbana o edificaciones. Dicha certificación será progresiva.