Los canales de denuncia en una empresa —que pueden ser físicos o electrónicos— tienen como principal función alertar y denunciar una infracción o potencial infracción, tanto a la ley como a la norma de autorregulación, como por ejemplo el código de conducta o de ética de la organización en cuestión.
A diferencia de otras normas, la ISO 37002, que se publicó hace un mes, establece un estándar sobre el manejo de los canales de denuncia. “Más del 50% de hechos de corrupción se descubre a través de estos canales. Su eficacia está probada, de lo que se trata ahora es de profesionalizar este tipo de canales”, revela Carlos Caro Coria, socio fundador de Caro & Asociados.
Si bien la ISO 37002 no es una norma jurídica obligatoria, sí es imprescindible contar con canales de denuncia. Caro señala que lo recomendable es que se siga el protocolo de la ISO 37002 porque otorga predictibilidad y para que el canal de denuncia pueda ser una fuente de información confiable. “Es trascendental que los sistemas de compliance puedan incorporar canales de denuncia conforme a protocolos para la custodia y el tratamiento de la información”, insiste el abogado.
En un sistema de compliance, los canales de denuncia deben administrarse de forma independiente para garantizar la identidad y confidencialidad del denunciante. La ISO 37002 fija cuatro etapas:
- El proceso de recepción de la denuncia.
- La evaluación de la denuncia para descartar aquellas que no estén relacionadas con el sistema de compliance o que hayan sido hechas de mala fe.
- El tratamiento de las denuncias, que puede implicar investigaciones de carácter interno. El foco debe estar en este punto, pues algunas empresas investigan violando las reglas del proceso (por ejemplo, intervienen las computadoras o celulares de los trabajadores sin consentimiento, lo que puede ser una prueba ilícita), ocultan la información o no hacen la denuncia a las autoridades para evitar escándalos o daños a su reputación.
- La conclusión o cierre de la investigación, que puede llevar a una sanción interna, privada, administrativa o, en casos graves, a dar parte a la fiscalía o al Poder Judicial.
Caro Coria afirma que seguir el protocolo de la ISO 37002 no es complejo ni caro. Tener un canal externo puede costar unos US$ 60 al mes en una empresa chica y entre US$ 200 y US$ 300 en una compañía mediana. “No estamos hablando de un costo impagable. Lo que se requiere es voluntad de parte de la entidad”, dice.