Modificar el reglamento del cannabis medicinal podría afectar seriamente la competitividad de la naciente industria local y encarecería el acceso por parte de los pacientes a sus tratamientos, aseveró Curt Schwarz, presidente de la Asociación Peruana de Industrias de Cannabis (Asopecanna).
“Fuimos alertados de que habrá cambios. Hemos indagado y ahora sabemos hacía dónde irían las modificaciones que quieren hacer los reguladores. Si se concretan, significaría un retroceso a lo que se ha avanzado ya durante un año y medio en cuanto al reglamento de cannabis medicinal”, afirma.
Desde Asopecanna consideran que entre los principales cambios a la normativa que podrían poner en riesgo la estabilidad en el sector se encuentran la eliminación de la distinción entre cannabis psicoactivo y no psicoactivo y cambios en el manejo de semillas.
THC
Para efectos de la regulación, el reglamento divide a la planta de cannabis en dos variedades: cannabis psicoactivo y cannabis no psicoactivo. Lo que marca la diferencia entre uno y otro es el nivel de concentración de tetrahidrocannabinol (THC, un cannabinoide que, ente otros efectos, altera la percepción).
Así, el reglamento vigente establece que el cannabis psicoactivo cuenta con una concentración de THC mayor al 1% mientras que el no psicoactivo, denominado cáñamo o hemp, tiene una concentración menor al 1%. Esta última variedad es considerada una sustancia no controlada, lo que la excluye de la fiscalización sanitaria que establece el reglamento de estupefacientes psicotrópicos.
Según Asopecanna, se buscaría eliminar esta diferenciación. “No solo se iría en contra de toda la experiencia internacional de los países que ya regulan el cannabis medicinal. También se condenaría al Perú a no ser competitivo en la producción de derivados de cannabis no psicoactivo, como extractos y aceites de cannabidiol (CBD)”, afirma Schwarz. El CBD es recetado, entre otras usos, para tratar la epilepsia refractaria y el THC, en combinación con el CBD, contribuye en el tratamiento de la espasticidad en la esclerosis múltiple.
Durante un conversatorio organizado por Asopecanna en julio pasado, el director general de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura (Minagri), Elvis García, dijo que “el reglamento tiene varios aspectos que tienen que ser mejorados” y que “el cannabis no psicoactivo y el psicoactivo son una diferenciación que plantea el reglamento, mas no la ley. La ley habla en general de cannabis y la forma en que se tiene que manejar esta planta”.
De esta manera, desde el Miagri se reconoció que existe una discrepancia en el marco normativo que necesita ser precisada.
Schwarz explica que si se elimina la distinción entre las dos variedades de cannabis y se aplica solo lo que dispone la ley, entonces todo producto será considerado psicoactivo, lo que implica controles más estrictos.
“El cáñamo no se encuentra bajo el reglamento de psicotrópicos y, por ende, no tiene tanto control. Y ese ha sido un punto clave porque muchos buscan desarrollar cultivos de cannabis no psicoactivo porque es menos regulado y proporciona más opciones. Pero si esto cambia, seguramente tendrán que hacer inversiones adicionales para resguardar el producto y Dirandro exigirá protocolos de seguridad más estrictos”, señala
Importaciones
En la actualidad, si una droguería o un laboratorio importa cannabis no psicoactivo el proceso ante la aduana es simple y directo. En cambio, en el caso del cannabis con más de 1% de THC, se tienen que hacer previsiones anuales. “Es decir, en marzo de cada año, hay que dejar las proyecciones de importación listas para el año siguiente”, explica el presidente de Asopecanna.
Si se ajusta la normativa para que todo producto de cannabis tenga la restricción más alta, las empresas podrían correr el riesgo de no cubrir la demanda del mercado.
“Si una compañía declara que va a traer cierta cantidad y resulta que el mercado requiere el doble, no será posible importar más productos en ese plazo. La existencia del cannabis no psicoactivo nos da cierta holgura para manejar las expectativas de la gente”, señala Schwarz.
Pacientes
Asopecanna advierte que si se concretan estas modificaciones al reglamento, se pondrán más barreras burocráticas a la industria local del cannabis y se necesitarán procesos más largos para la producción, lo que terminará encareciendo los productos y complicando el acceso de los pacientes a sus tratamientos.
Hasta el primero de octubre, ya habían 7,779 personas en Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis y sus Derivados para uso medicinal y terapéutico.
Normalmente los productos que contienen solo CBD (cannabis no psicoactivo) se venden con una receta simple que el usuario puede conservar mientras dure el plazo de su tratamiento establecido por el médico. Aquellos que tienen más de 1% de THC requieren una receta especial, que es retenida por el farmacéutico al momento de entregar al producto. En este caso, el paciente tiene que regresar una y otra vez al especialista para obtener nuevas recetas.
De concretarse los cambios al reglamento en el sentido que comenta Asopecanna, los pacientes solo recibirán recetas controladas.
Semillas
El reglamento de cannabis medicinal establece que el Minagri tenía a cargo la elaboración de los criterios para la evaluación y registro de la fuente semillera, que permita la inscripción de ecotipos o variedades de semillas de cannabis preexistentes en el territorio nacional.
Curt Schwarz explica que, en la práctica, este proceso es una especie de “tregua” en la que quienes cuentan con semillas de cannabis ya aclimatadas a las condiciones del Perú pueden declararlas ante las autoridades. “Son semillas que, antes del reglamento, eran consideradas ilegales, pero que se ha comprobado que pueden crecer en el país”. Estas medidas ya se han aplicado, con éxito, en países como Colombia.
Elvis García, del Minagri, dijo durante el conversatorio de Asopecanna que realizar “una colecta de semillas de este tipo iría por un lado que la ley vigente no habilita. Tendría que existir una licencia previa para desarrollar esta colecta y dentro de las actividades permitidas no está previsto. El reglamento tiene que fortalecerse para disminuir espacios a interpretaciones que pueden generar dificultades para los administrados”. Así, de acuerdo con el Minagri, existe una limitación legal para aplicar este procedimiento.
Schwarz comenta que, con los cambios al reglamento, se busca eliminar la fuente semillera. “Si esto ocurre, nos estarían obligando a importar las semillas, luego aclimatarlas —lo que toma tiempo— y después recién cultivarlas. Y para la campaña siguiente, en lugar de desarrollar genéticas locales que ya se comprobó que crecen aquí, habría que importar semillas nuevamente y así en cada campaña”.
“Se estaría desaprovechando la biodiversidad peruana. Necesitamos desarrollar una industria local que sea sostenible y para ello no podemos depender de importaciones”, agrega Schwarz.
Gestion.pe contactó a Elvis García para consultar sobre estos posibles cambios a la normativa y desde el área de comunicaciones del Minagri respondieron que el proceso de modificación al reglamento del cannabis medicinal está liderado por el Minsa, por lo que tampoco se pronunciarían sobre los temas que son competencia del sector agricultura. Tras ello, Gestion.pe contactó al Minsa para trasladarle las consultas. Sin embargo, desde el ministerio optaron por no hacer comentarios al respecto.