
Florentino Pérez, presidente del club de fútbol Real Madrid, es también un empresario español que encabeza ACS, contratista con presencia global. ¿Por qué estos nombres le interesan a Perú? Porque la constructora forma parte del consorcio que tiene a cargo la Línea 2 del Metro de Lima, y hay un laudo arbitral de por medio.
LEA TAMBIÉN: Con dos vuelos diarios a Madrid, ¿qué ruta seguirá Iberia para seguir creciendo en Perú?
ACS y Perú: ocho años de disputas
El conflicto del “Laudo Metro” inició en 2017, cuando ACS y sus socios expusieron en una demanda los incumplimientos de Perú en cuanto al contrato que viabilizaría el proyecto de transporte subterráneo en la capital. La falta de entrega de los terrenos donde ejecutar las obras y la tardía aprobación de los estudios de ingeniería detonaron la pérdida de paciencia de la multinacional, según recabó El País de España.
La respuesta del Estado fue una contrademanda —que ascendía a más de US$ 700 millones— por presuntos perjuicios medioambientales y socioeconómicos, pero no tuvo éxito.
Después de casi siete años de audiencias, el 21 de marzo de 2024, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) condenó al Perú al pago de US$ 456 millones, pero la cifra sufrió un ajuste y quedó en US$ 315 millones.
Rafael Sánchez, especialista en Arbitraje Nacional e Internacional y de Inversiones de Rodríguez Angobaldo Abogados, precisa por qué: “El Perú hizo un pago parcial de US$ 106 millones. También una parte del dinero está formalmente suspendida: US$ 56 millones“.
Pasados los meses, el incumplimiento del abono de la cifra restante propició la reacción de ACS, que le pidió a la Justicia de Luxemburgo el embargo de la deuda en activos.
El Perú, no obstante, no se ha quedo de brazos cruzados: ha movido fuerzas cual defensiva en la cancha de fútbol y ha “congelado” la presión internacional. Incluso, y en respuesta a lo de Luxemburgo, en un comunicado reciente recalcó: “Cualquier decisión judicial extranjera que ignore esta suspensión violaría el Convenio CIADI”.

LEA TAMBIÉN: Líneas 3 y 4 del Metro de Lima irán bajo esquema “híbrido”: ¿de qué se trata?
MEF rechaza embargo de Florentino Pérez
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en su rol de moderador del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (Sicreci), informó que la consumación del laudo arbitral se encuentra suspendida provisionalmente.
¿La razón? El 4 de marzo de 2025, nuestro país planteó una pausa y alegó que el Tribunal Arbitral incurrió en errores graves. En particular, cuestionó indemnizaciones por más de US$ 170 millones, EUR 11 millones y S/ 27 millones, otorgadas para cubrir “sobrecostos inciertos de subcontratistas y daños sin sustento técnico”, se pudo leer en el pronunciamiento oficial del MEF.
Este panorama de “ventaja” duraría lo que el comité ad hoc del caso tarde en emitir una decisión concluyente sobre una anulación, la misma que se ha agendado para octubre de 2025.
Es más, el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), César Sandoval, detalló: “Se ha suspendido porque no calza la suma, las cantidades no son las que realmente se han puesto en el laudo. Entonces el MEF, a través de los organismos competentes, ha recurrido por conducto jurídico y legal y esto está suspendido, hay que esperar finalmente la sentencia”.
Es decir, “el laudo ya está dictado, es válido y exigible a favor de la concesionaria del Metro de Lima, de la cual forma parte ACS”, acota Sánchez. Lo que ha ocurrido es que “ese laudo válido hoy en día ha sido sometido a un proceso de anulación; y, mientras se resuelve la anulación, se ha pedido que expresamente se declare su suspensión, o sea, que nadie obligue al Perú a ejecutarlo”, agrega.
Por su parte, Ricardo Ampuero, árbitro independiente y expresidente de la Comisión Especial del SICRECI, aclara que “los plazos no son rígidos”. “Se espera que la decisión salga hacia el final del año, pero puede ser que demore un poco más, como también podría ser que salga un poco antes. Depende del proceso y de la evaluación del comité de anulación”, explica.
En esa línea, subraya, al igual que Sánchez, que “se discute un proceso de anulación, no una apelación”. Puntualiza la premisa: “No se va a revisar el fondo de la decisión, se va a revisar si es que existen causales taxativamente previstas en el convenio del CIADI, en este tratado internacional, para la anulación del laudo”.

LEA TAMBIÉN: Metropolitano, Metro y corredores: Este año se podrá viajar con una sola tarjeta
Embargo sobre activos
El proceso en Luxemburgo en contra de Perú incluye la posibilidad de embargar bienes como parte de la ejecución parcial del fallo. Es decir, estaría permitida la retención de cuentas bancarias, inversiones y hasta patrimonios oficiales del Estado.
Ampuero comenta que las especificaciones sobre los bienes “dependen del tipo de activo sobre el cual están pidiendo la medida y de cuál es la defensa que pueda presentar el Estado, así como de algunas reglas específicas de inmunidad soberana”.
“Si yo tengo un laudo en contra del Estado, no significa que puedo ir detrás de cualquier tipo de activo, pero específicamente qué se permite y qué no va a depender de cómo se plantea el pedido, en qué jurisdicción lo hacen y cuál es la evaluación de los jueces locales”, esclarece.
LEA TAMBIÉN: UNMSM obtiene compensación social por obras de Línea 2 del Metro
¿Impacto financiero en el Perú?
La deuda que supera los US$ 300 millones simboliza un “penalti” para el Perú. Sánchez analiza la huella que dejaría en la economía nacional.
“Es un impacto en las finanzas públicas con una gran repercusión. Esto responde, lamentablemente, a una serie de deficiencias regulatorias y a una mala ejecución de los contratos de concesión que suscribe el Estado. Si bien en el momento no tiene una consecuencia inmediata, lo que hace es trasladar una serie de costos a un futuro, afectando la habilitación presupuestal correspondiente a 5, 8 o 10 años en adelante”.
Incluso expone el efecto de fraccionar la deuda: “Lo que suele ocurrir en estos casos es que los pagos no se hacen de manera inmediata, sino que, cuando se trata de montos relativamente altos, suelen ser pagos fraccionados. Suelen ser pagos en los que a veces se puede llegar a un acuerdo para una próxima ejecución, quizás a alguna reducción de intereses”.
Alude, así, a que los fondos que están vinculados a proyectos de infraestructura o de mejora en otras áreas terminan siendo utilizados para reconocer daños que el Estado causó. “O, en todo caso, por determinados funcionarios a favor de un concesionario que, en la mayoría de casos, tiene la razón para reclamar por lo que ha sufrido”, finaliza.
Ampuero se suma al razonamiento: “En términos de magnitud, es un laudo considerable, sin duda, pero tampoco es un laudo que vaya a desestabilizar al Estado. Es un monto alto y, de hecho, entiendo que parte del pedido de anulación de Perú tiene que ver con algunos conceptos que se incluyeron en el cálculo [las indemnizaciones por más de US$ 170 millones, EUR 11 millones y S/ 27 millones]. Entonces, estimo que la defensa de Perú está esperando la decisión para ver si puede bajar ese monto”.

El dato:
- En otro pronunciamiento de la cartera de Pérez Reyes, con fecha del 13 de junio, se detalló que la asesoría legal del Perú en el caso “Laudo Metro” está a cargo del estudio internacional Squire Patton Boggs. Su contrato —oficializado mediante la Resolución Ministerial N° 287-2025-EF/43— asciende a S/9.9 millones, monto que cuenta con respaldo presupuestal certificado para el año fiscal 2025 y con una previsión financiera para los ejercicios 2026 y 2027.

Redactora de Economía en diario Gestión. Periodista piurana con seis años de experiencia profesional en el rubro.