MEF. (Foto: GEC)
MEF. (Foto: GEC)

Mediante la , el Poder Ejecutivo determinó que la , que puede efectuar el Gobierno Nacional para implementar la operación de administración de deuda, bajo la modalidad de refinanciación, es hasta por el importe de la correspondiente al principal del Acuerdo de Cesión de Posición Contractual, ascendente al monto de S/ 2,969.2 millones.

Para los fines de la emisión interna de bonos aprobada mediante el artículo 7 de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se establece que la modalidad de colocación es mediante oferta privada al Banco de la Nación, en sustitución al Programa de Creadores de Mercado.

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“El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasione la emisión de bonos conforme a lo dispuesto en esta Resolución Ministerial, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública”, señala la norma.

Finalmente, se autoriza a la Directora General de la Dirección General del del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir el “Convenio de Administración de Deuda bajo la modalidad de refinanciación entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación”, así como los documentos que se requieran para su implementación.

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