
En el marco del Día del Padre, que se conmemora el tercer domingo de junio, Gestión analizó propuestas desde el Congreso de la República que están orientadas a actualizar y ampliar los derechos laborales vinculados a la paternidad. Estas propuestas buscan modificar la Ley N.º 29409, que desde 2009 regula el otorgamiento de la licencia por paternidad para trabajadores del sector público y privado.
Actualmente, esta licencia permite ausentarse por 10 días calendario tras el nacimiento de un hijo, con posibilidades de extensión en ciertos casos especiales.
Sin embargo, distintos sectores del Parlamento han presentado proyectos que abordan nuevas realidades familiares y laborales, como el ejercicio del derecho sin vínculo legal con la madre, el teletrabajo posterior al nacimiento o el financiamiento estatal de días adicionales de licencia.
En total, son seis los proyectos en trámite que han sido agrupados en dos dictámenes ya aprobados en comisión, lo que marca un avance legislativo en la discusión sobre la corresponsabilidad parental y el rol del Estado en el cuidado familiar.

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Licencia sin vínculo con la madre y teletrabajo
El primer bloque de propuestas está compuesto por los proyectos de ley 09374/2024-CR y 09221/2024-CR, acumulados en un dictamen conjunto aprobado por la Comisión de Trabajo en marzo de 2025.
El primero plantea que el derecho a la licencia por paternidad pueda ser ejercido por el padre independientemente de si mantiene o no un vínculo conyugal o convivencial con la madre del recién nacido. La iniciativa reconoce la participación del padre como un derecho autónomo que no debe depender del estado civil.
Por su parte, el segundo propone que, una vez finalizada la licencia por paternidad, el trabajador pueda acceder a 20 días de teletrabajo adicionales, con el fin de fortalecer la participación del padre en los cuidados iniciales del recién nacido. Esta medida no reemplaza la licencia, sino que la complementa.
Ambos proyectos fueron evaluados de forma conjunta y recibieron dictamen favorable en marzo de 2025.

Diego Castillo, socio de Hernández & Cía, considera que la legislación debería avanzar hacia un enfoque más flexible, donde los padres decidan cómo distribuir el tiempo de licencia tras el nacimiento, independientemente del género o vínculo con la madre.
A su parecer, lo ideal sería contar con un sistema que permita repartir los días entre ambos progenitores de acuerdo con su realidad familiar, tal como ocurre en legislaciones de otros países. Esto, además, podría reducir sesgos en la contratación y promover una corresponsabilidad real en el cuidado del recién nacido.
Juan Valera, abogado laboralista, por su parte, advierte que algunas propuestas contenidas en el dictamen —como el teletrabajo postnatal automático— entran en contradicción con la actual Ley de Teletrabajo, que impide realizar labores domésticas durante la jornada laboral a menos que el empleador lo autorice expresamente.
También cuestiona la aplicabilidad de la medida, al señalar que muchas funciones, como las de atención en tiendas, estaciones de servicio o restaurantes, simplemente no son compatibles con el teletrabajo.
En ese sentido, considera que la propuesta no toma en cuenta la diversidad ocupacional del país ni las condiciones operativas reales del mercado laboral.
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Ampliación de días de licencia por paternidad y subsidio compartido
Un segundo dictamen, aprobado por insistencia en abril de 2025, agrupa los proyectos 04312/2022-CR, 03514/2022-CR, 03317/2022-CR y 02890/2022-CR. Este dictamen fue debatido nuevamente tras la observación formulada por el Poder Ejecutivo a la autógrafa enviada en 2024.
El texto propone una ampliación de la licencia por paternidad de 10 a 15 días calendario, aplicable tanto al sector público como privado. Asimismo, establece que los cinco días adicionales serán subsidiados por EsSalud, lo que implicaría una reforma en el régimen actual de prestaciones económicas.
Además, el dictamen incluye la posibilidad de extensión adicional en casos de nacimiento prematuro, múltiple, con enfermedad congénita o discapacidad, así como para padres únicos o cuando la madre presente complicaciones posparto.
Una de las propuestas también busca que la protección contra el despido arbitrario, actualmente reconocida para mujeres gestantes, pueda ser extendida en ciertos casos al cónyuge o conviviente que asume responsabilidades familiares directas, como único sostén económico del hogar.

Valera considera que esta medida, lejos de fomentar la igualdad, podría generar un nuevo sesgo en las decisiones de contratación.
Según explica, si actualmente algunas empresas ya enfrentan barreras para contratar mujeres por los costos asociados al descanso pre y postnatal, una protección similar para padres podría trasladar ese mismo sesgo hacia ellos, especialmente en contratos temporales.
En su opinión, la medida no ha previsto las consecuencias prácticas de extender automáticamente la protección sin criterios claros ni operativos.
Desde una óptica más estructural, Castillo plantea que lo realmente necesario es revisar el enfoque tradicional de la licencia postnatal. Propone un esquema de “licencia parental compartida”, donde ambos padres puedan decidir cómo dividir un mismo periodo de descanso según lo que más convenga a su familia.
Agrega que medidas como la protección contra el despido deben integrarse en una política más amplia de corresponsabilidad, y no imponerse de manera aislada, pues eso puede generar efectos adversos como desincentivar la contratación o cargar excesivamente al empleador.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.