Los consumidores podrían tener un mayor plazo para denunciar alguna infracción ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Si bien podría sonar como algo positivo, se podría abrir una puerta con un panorama poco claro. La propuesta que hoy está en el Congreso de la República daría un cambio a los reclamos.
El proyecto de ley (N° 9833-2024) propone modificar los plazos de prescripción para las denuncias de protección al consumidor. Según la normativa actual, el plazo de prescripción comienza a contarse desde el momento en que ocurre la infracción o, en caso de infracciones continuadas, desde que estas cesan.
Lo que se plantea es que este plazo de dos años inicie a partir del momento en que el consumidor tome conocimiento del hecho que vulneró sus derechos, con el objetivo de garantizar mayor acceso a la justicia para quienes no identifican inmediatamente dichas afectaciones.
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El texto del proyecto argumenta que la normativa vigente limita las posibilidades de los consumidores de presentar denuncias, dado que muchos de ellos no detectan la infracción a tiempo y, para cuando lo hacen, el plazo ya ha expirado.
Además, señala que los tiempos de resolución de denuncias por parte de Indecopi suelen exceder los 12 meses, lo que, combinado con la falta de flexibilidad en el cómputo de los plazos, contribuye a una situación de indefensión para los usuarios.
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De la excepción a la regla general
Carlos Rodas, asociado del Estudio Stucchi, explicó que la propuesta tiene como objetivo formalizar y generalizar un criterio que Indecopi ya aplica de manera excepcional, lo que podría tener implicancias negativas en términos de seguridad jurídica y estabilidad en las relaciones comerciales.
El abogado indicó que actualmente, Indecopi permite, en casos excepcionales, que el plazo de prescripción comience a computarse desde el momento en que el consumidor “toma conocimiento” de una infracción, bajo la teoría de cognoscibilidad.
Este criterio ha sido aplicado en situaciones de alta complejidad, como el caso de una pareja que invirtió en fondos mutuos en 2007 y, años después, descubrió que sus ahorros habían desaparecido.
Rodas señaló que estos casos reflejan situaciones puntuales y extraordinarias, donde la imposibilidad razonable de conocer la infracción justifica una excepción. Sin embargo, convertir este criterio en regla general supone riesgos importantes. “La redacción actual del proyecto permite que la prescripción dependa exclusivamente de la alegación del consumidor sobre cuándo ‘conoció’ la infracción, lo que abre la puerta a interpretaciones subjetivas y abusos”, subrayó el especialista.
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Mayor litigiosidad y costos para las empresas
Gustavo Rodríguez García, socio del estudio Rodríguez García & Encinas, explicó que, si se aprueba el proyecto, muchas denuncias que actualmente son declaradas improcedentes por prescripción pasarían a ser evaluadas en el fondo del asunto. Esto incrementaría los costos legales y operativos de las empresas, exponiéndolas a más sanciones y medidas correctivas.
Además, advirtió que esta situación podría encarecer la actividad económica y, eventualmente, afectar a los consumidores, quienes podrían enfrentar precios más altos debido a estos costos adicionales.
“Se cree que habilitar más denuncias y sanciones a las empresas beneficia al cliente, pero en realidad, complicar la actividad económica de las empresas encarece los productos y reduce la competencia en el mercado. Si hay menos proveedores, el consumidor también pierde”, subrayó
Rodas coincidió, afirmando que el proyecto afecta el principio de seguridad jurídica, ya que al depender únicamente de la alegación del cliente sobre cuándo conoció la infracción, se abre la puerta a que casos antiguos, incluso de 10, 15 o 20 años, sean reabiertos.
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Posible uso de mala fe
Ambos expertos advirtieron sobre el riesgo de uso estratégico o de mala fe por parte de consumidores. Según Rodríguez, la redacción actual del proyecto permitiría que se alegue haber tomado conocimiento de la infracción en cualquier momento, incluso de forma injustificada, para evitar la prescripción.
Rodas agregó que este tipo de alegaciones subjetivas puede aumentar la incertidumbre para los proveedores, quienes podrían recibir denuncias en cualquier momento sin un límite claro.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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