La Comisión de Producción del Congreso aprobó un dictamen por el que se plantea un nuevo marco normativo para darles impulso a las micro y pequeñas empresas (mypes) del país, en el que se incluyen temas de formalización, régimen laboral y un modelo de fiscalización tributaria que no priorice las sanciones, sino la prevención de inconductas.
La iniciativa a la que denominan “Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de los emprendedores del Perú”, establece la declaratoria de emergencia de las microempresas de todo el país por un plazo de tres años.
En este plazo hay una serie de disposiciones para facilitar el funcionamiento de los microemprendimientos. Uno de ellos es que en ese periodo sea gratuito el proceso de formalización que comprende la inscripción registral y demás trámites ante entidades del Poder Ejecutivo para el funcionamiento de microempresas.
A ello se suma que se busca conceder una amnistía para los microemprendimientos o microempresas a fin de regularizar el cumplimiento del pago de las obligaciones laborales y de seguridad social vencidas hasta el momento en que la norma entre en vigencia.
La amnistía laboral y de seguridad social, referida esta última a las aportaciones a Essalud y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), solo concede a los empleadores el beneficio de no pagar multas, intereses u otras sanciones administrativas que se generen o hubiesen generado por el incumplimiento de dichas obligaciones ante las autoridades administrativas, tales como el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Essalud y ONP. Las empresas que quieran acogerse a este beneficio tendrían 90 días para hacerlo.
Impuesto y compras
Otro de los temas que se establece para estos tres años de declaratoria de emergencia, es que en las compras que el Estado efectúa a las mypes no será exigible historial o antecedentes contractuales con el Estado y se priorizará la oferta de los emprendedores regionales y locales del lugar donde se realicen las compras o se ejecuten las obras públicas.
Además, en el tema tributario se obliga al Poder Ejecutivo, que en el marco de sus atribuciones y competencias, establezca un régimen tributario especial con impuesto único o mono tributo, además de establecer una declaración anual simplificada automatizada.
También las microempresas estarían exoneradas de llevar contabilidad o libros contables, debiendo la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) implementar un sistema que viabilice dicha exoneración y facilite la declaración anual simplificada de tributos.
Sanciones preventivas
El dictamen sostiene que en la fiscalización por incumplimiento de obligaciones tributarias de los micro emprendimientos o microempresas, independientemente del régimen tributario en que se encuentren, ante la primera infracción detectada por la Sunat o incurrida no detectada y comunicada por el infractor, corresponde aplicar con antelación a cualquier otra sanción, una medida educativa por cada tipo de infracción formal o sustancial.
«Actualmente, existen diferentes barreras que limitan o desalientan la formalización, tales como el control meramente represivo o punitivo de la Sunat, la falta de políticas públicas para su desarrollo, la falta de financiamiento o de incentivos concretos para su competitividad, y los costos que debe asumir un emprendedor cuando decide ingresar a la formalidad”, explicó el presidente de la Comisión de Producción, Jaime Quito.
Adicionalmente, se plantea que la Sunat establezca las medidas educativas entendidas como acciones que implican una capacitación directa y eficiente, en el marco de la formación y creación de cultura tributaria, con la finalidad de reducir el incumplimiento tributario.
Se precisa que la sanción que se imponga por las infracciones que se detecten a las empresas calificadas como pequeñas empresas o pequeños emprendimientos conforme a ley se reducen en 50% y a las calificadas como microemprendimientos o microempresas se reducen en 70%.
Beneficios. El documento aprobado también establece que se crearía el régimen laboral especial dirigido a fomentar la formalización, con un régimen de remuneración, jornada de trabajo de ocho horas, horario de trabajo y trabajo en sobretiempo, descanso semanal, descanso vacacional, descanso por días feriados, protección contra el despido injustificado. Además dos gratificaciones con la mitad de la remuneración y CTS con 15 remuneraciones diarias por año.
Crearán sistema de pensiones sociales
Una de las novedades que trae el dictamen aprobado por la Comisión de Producción es la creación del denominado Sistema de Pensiones Sociales, de carácter obligatorio, para los trabajadores y conductores de los microemprendimientos que no superen los 40 años de edad, y sería facultativo para quienes tengan más de dicha edad.
“Solo podrán afiliarse al Sistema de Pensiones Sociales los trabajadores y conductores de los microemprendimientos. No están comprendidos en los alcances de la presente norma los trabajadores que se encuentren afiliados o sean beneficiarios de otro régimen previsional”, refiere la norma.
El aporte mensual de cada afiliado equivaldrá a una tasa de aporte gradual hasta un máximo del 4% de la Remuneración Mínima Vital (RMV) que se establecerá mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta 12 aportaciones anuales.
Se señala que el Afiliado puede elegir que sus aportes sean administrados por una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o por la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La AFP y la ONP pueden determinar una comisión por la administración de los aportes del afiliado.