La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó cambios sobre la inafectación de impuestos. | FOTOS: CESAR BUENO / @PHOTO.GEC
La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó cambios sobre la inafectación de impuestos. | FOTOS: CESAR BUENO / @PHOTO.GEC

La del aprobó, este viernes 27 de diciembre, el dictamen del proyecto de ley 6767, que plantea ciertas modificaciones a la . La medida fue validada con 23 votos a favor en primera votación.

Precisamente, la iniciativa legal plantea cambios en el marco tributario incorporando intereses y ganancias de capital inafectos al impuesto. Esto entra en vigencia desde el 1 de enero del 2025.

Puntualmente, se hacen cambios sobre el artículo 18 que establece cuáles no son sujetos pasivos de impuesto. Allí se precisa dos nuevos apuntes de los que están inafectos.

“Operaciones de reporte donde los valores que el adquiriente recibe del enajenante sean los instrumentos considerados en los números romanos en minúscula i y ii del presente literal”, se lee.

“Enajenación de unidades de participación de Fondos Bursátiles o Exchange Traded Fund (ETF), que tengan como objetivo replicar la rentabilidad de índices de acceso público, construidos sobre la base de los instrumentos considerados en los números romanos en minúscula i y ii del presente literal“, es el segundo apunte incorporado.

Pero, ¿a qué se refiere los números romanos en minúscula i y ii del presente literal? De acuerdo con el Decreto Supremo 179-2004-EF, se refiere a i) “Letras del Tesoro Público emitidas por la República del Perú” y a ii) Bonos y otros títulos de deuda emitidos por la República del Perú bajo el Programa de Creadores de Mercado o el mecanismo que lo sustituya, o en el mercado internacional a partir del año 2003.

Asimismo, se establece que el Ejecutivo tiene que reglamentar la Ley del Impuesto a la Renta en “un plazo de 30 días hábiles contados a partir de su entrada en vigor”.

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.