![Consumo per cápita de pescado en los hogares peruanos creció de 12.9 a 14.5 kilos](https://gestion.pe/resizer/EyVJZsJfmobALmC9PUJEVei1CRE=/200x116/smart/filters:format(jpeg):quality(75)/arc-anglerfish-arc2-prod-elcomercio.s3.amazonaws.com/public/PL3XHJRJ7JANVPMX6P2SLF5DXI.jpg)
El Ministerio de la Producción a través de una resolución publicada en el diario oficial dio por concluida la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus), en el extremo referido a las operaciones realizadas por embarcaciones artesanales.
De acuerdo al Produce, los armadores de embarcaciones artesanales que desembarquen los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus), a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial estarán exceptuados de las infracciones y sanciones previstas referidas a la captura de ejemplares de los citados recursos en tallas menores a las establecidas, siempre que demuestren haber contado con autorización de zarpe emitida con fecha anterior a la finalización de la pesca exploratoria.
"Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca Artesanal, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial", precisa la norma.
También serán responsables las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.