
Por 16 votos a favor y uno en contra, la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República del Perú aprobó un proyecto de ley para derogar el Decreto de Urgencia N° 004-2025 que dictó el Poder Ejecutivo en busca de resolver la congestión en el puerto del Callao y que -entre otros- disponía la reubicación de pescadores artesanales fuera del área concesionada en ese terminal.
En el citado DU -dictado el 25 de abril último- el Ejecutivo reconocía que se había agravado la congestión en el puerto, la cual comprende no solo la aglomeración de camiones que pugnan por acceder al puerto por el lado de tierra, sino también de buques en espera para ingresar al terminal.
El tal sentido, el DU autorizaba de manera excepcional al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a firmar acuerdos con los concesionarios para que puedan realizar intervenciones fuera de sus obligaciones contractuales, entre ellas el construir una nueva área de acceso para camiones de carga, un cerco perimétrico, nivelación de terreno entre otras obras.
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A su vez, disponía que se implemente un proceso de desocupación de los amarraderos D y E del Muelle 5 del Terminal Norte Multipropósito del puerto del Callao, para el retiro y reubicación con incentivos de la flota de pesca artesanal que acodera en esa área, que está dada en concesión a la empresa APM Terminals.
La presencia de la flota de pesca artesanal en esa área, advertía la norma, restringía la capacidad operativa de las áreas de maniobras de esos amarraderos para atender buques que ingresan y salen del terminal, y que resultaban en inseguras y peligrosas, poniendo en riesgo la vida e integridad de pescadores artesanales.
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¿Por qué se planteó derogar ese decreto?
La congresista Patricia Chirinos (Renovación Popular) planteó un proyecto de ley para derogar el DU 004-2025, que fue dictaminado para su debate en dos comisiones, la de Transportes y Comunicaciones, y la de Trabajo y Seguridad Social.
Entre sus argumentos para oponerse a ese decreto, la parlamentaria objetaba que el mismo reconocía beneficios solo a los dueños de embarcaciones pesqueras, pero que estaría ignorando los derechos fundamentales de cerca de 1,500 trabajadores de la pesca artesanal que operan en esa zona.
En ese sentido, indicaba que el DU vulneraría la política de empleo decente al no prever medidas para garantizar la continuidad productiva ni protección socioeconómica de los trabajadores desplazados.
Aduce que ni las asociaciones que operan en los citados amarraderos, ni las “fileteadoras”, estibadores, “jaladores” y comercializadores de recursos hidrobiológicos han sido considerados como beneficiarios ni actores válidos en el diseño de las intervenciones dispuestas, generándoles daños económico, social y laboral.
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¿Sin consulta previa?
En el debate en la comisión de Transportes, los congresistas adujeron que el DU se había remitido sin realizar proceso de consulta previa, sin evaluación de impacto social ni ambiental, ni sustento técnico y sin plan de reubicación, y además fuera de la normativa de las Asociaciones Público Privadas (APP) y sin control del Congreso.
Previamente a la votación de este proyecto, la comisión puso a debate un pedido del congresista Héctor Valer Pinto (Perú Democrático) para que dicha iniciativa legal pase a cuarto intermedio para corregir errores en su contenido, pero que fue rechazado por mayoría.
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En sus observaciones, el citado parlamentario objetaba que la comisión de Transportes viera el caso, y consideró que, al tratarse de pescadores artesanales cuya regulación compete a Produce, quien debía ver el proyecto era la comisión de Producción del Congreso.
Además, afirmó que, por no entregar (a tiempo) el espacio que ocupa la flota y trabajadores pesqueros artesanales a la concesionaria (APM Terminals), el Estado debía pagar a esa empresa privada un monto de US$ 450 millones, por lo cual el citado legislador defendía la mencionada reubicación.
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