La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó una nueva lista de los principales contribuyentes con deudas en cobranza coactiva (actualizado al 07 de junio). En esta nueva lista son 1,211 principales contribuyentes bajo esta condición.
En total la deuda suma S/ 3,485 millones en cobranza coactiva, de acuerdo a los datos de la Sunat, que involucra a 1,624 representantes legales.
Cabe indicar que hace unos días la Sunat publicó una lista con 1,147 contribuyentes bajo la modalidad de cobranza coactiva, lo que acumulaba una deuda por S/ 3,475 millones.
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Hasta el momento, al monto actualizado es mayor en S/ 10 millones y la lista de principales contribuyentes bajo cobranza coactiva subió en 64 adicionales, comparado con la lista del 5 de junio, dado a conocer por la Sunat.
En sus primeras declaraciones, el jefe de la Sunat, Gerardo López, dijo a Gestión que iban a dar a conocer el padrón, que incluye el nombre de las empresas, los montos y representantes legales.
Los contribuyentes considerados tienen deuda exigible en cobranza coactiva mayor a 10 UIT (equivalente a más de S/ 51,500 este año). Cabe subrayar que el monto no incluye deuda tributaria en litigio, en proceso concursal, entre otros. “Queremos que con el padrón las empresas identifiquen y regularicen esta situación”, señaló López en mayo.
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El padrón
En total, al 7 de junio son 1,211 principales contribuyentes con una deuda en la mencionada situación por S/ 3,485 millones, según información de la administración tributaria (ver tabla).
El superintendente había referido que hay diversas formas para que los contribuyentes pueda regularizar: “Una es pagando la totalidad (de la deuda), pero también pueden fraccionarla”.
El cobro
La Sunat remarcó a Gestión que –tal como ya se había mencionado el mes pasado– proyectan recuperar, para este año, el 10% de esa deuda. De hecho, con la publicación –e incluso desde antes– ya se empezó a registrar algunos pagos.
“Tengamos en cuenta que nosotros avisamos a los contribuyentes con semanas de anticipación de esta publicación, lo que ha permitido que algunos de ellos, incluso, hayan regularizado el pago de su deuda antes de la publicación; y otros lo han hecho a propósito de esta. Hasta el momento ya se han cancelado varios millones de soles”, reveló la Sunat a este diario.
Para la administración tributaria, el que ya se haya iniciado los pagos demuestra la efectividad de la medida y el cambio del comportamiento de los contribuyentes.
“Al tratarse de deuda exigible en cobranza coactiva, constantemente se gestiona con las medidas que la ley nos faculta, como serían los embargos y otras acciones de campo y de oficina que realizamos”, puntualizó.
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Gestión consultó a la Sunat si todos los contribuyentes de la lista están en la facultad de poder honrar sus deudas. Ante ello, la entidad respondió: “Estimamos que todos los contribuyentes están en la capacidad de ir pagando su deuda tributaria”.
Para los contribuyentes que actualmente podrían tener dificultades de liquidez, “la administración tributaria brinda facilidades para el pago, como es el caso de los fraccionamientos de carácter general”.
Cabe mencionar que este padrón es el primero. Sin embargo, la Sunat explicó a este diario que se actualizará semanalmente, “conforme se vayan cancelando las deudas y los deudores modifiquen su comportamiento tributario”.
La siguiente actualización se publicará el próximo lunes 17 de junio.
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¿Fraccionar?
Jorge Picón, socio de Picón & Asociados, explicó que –por ejemplo– una vez que la deuda entra en cobranza coactiva, se puede fraccionar. Sin embargo, para ello, se necesitan garantías.
“Se requieren cartas fianzas o hipotecas de primer orden. Pero, muchas de las deudas están relacionadas a contribuyentes que no cuentan con esos activos”, mencionó.
El abogado tributarista comentó que podrían darse casos que se busque ante el Poder Judicial una medida cautelar para frenar el cobro, “pero es poco probable que se avale, pues el juez tendría que entender con claridad que se viola un derecho constitucional. Se ha visto muy poco. Aún en ese caso, el juez pediría una contracautela”.
Sin efecto práctico
Para Picón, la publicación del padrón no tendría un efecto práctico realmente. “Esta publicación para que todo el mundo lo vea, más allá del escarnio público, no tiene ningún efecto práctico real (...) Si ellos aseguran, aunque lo dudo, que genera efecto positivo en los contribuyentes, bienvenido”, estimó.
Pese a que la información ahora es más sencilla de acceder, el abogado recordó que ya, por ejemplo, centrales de riesgo cuentan con esta data, lo que implica que entidades financieras o cualquier acreedor tiene acceso a la información.
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