(Foto: GEC)
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Cerca de 500,000 contribuyentes han cumplido con presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 antes del inicio del cronograma final de vencimientos que empieza hoy con aquellos cuyo último dígito de RUC es el cero y que concluirá el próximo 12 de abril, informó la Sunat.

De la cantidad de declaraciones presentadas, el 62%, es decir, más de 300,000, involucra a Rentas de Trabajo de Personas Naturales quienes han cumplido con presentar la declaración utilizando el Formulario Virtual N° 709, disponible en el portal institucional () o mediante un smartphone con el APP Personas.

En el caso de empresas se tienen registradas casi 200,000 declaraciones presentadas utilizando el Formulario Virtual N° 710 disponible en la plataforma Sunat Operaciones en Línea, a la que se puede ingresar con su Clave SOL y Código de Usuario.

Se estima que deben presentar la declaración anual unas 700,000, pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta).

Para mayores facilidades al presentar la declaración, estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual N° 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.

En el caso de las personas naturales, cumplir con esa obligación es sencillo y puede realizarse, en minutos, mediante el APP Personas o Sunat Operaciones en Línea, sin necesidad de acudir a un centro de servicios al contribuyente. Asimismo, presentar la declaración no necesariamente implicar pagar un impuesto, porque el contribuyente puede tener saldo a favor, y recibir una devolución, o puede optar por aplazar o fraccionar la deuda tributaria, según sea el caso.

-Devoluciones-

En el caso de las personas naturales, se estima que de las 600,000 personas que deben presentar su declaración, 250,000 tienen una devolución por cobrar.

A la fecha ya se han presentado unas 120,000 solicitudes de las cuales se han atendido 80,000 (106 millones de soles devueltos), en un plazo menor a los 45 días hábiles establecidos legalmente.

Las devoluciones se pueden realizar mediante un depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su Código de Cuenta Interbancario, si no lo hizo lo puede hacer por Internet), orden de pago financiera o cheque.

-Fraccionamiento-

En caso lo necesiten, las personas y empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de SUNAT.

A la fecha se han recibido solicitudes de fraccionamiento por más de S/ 20 millones, principalmente de Personas Naturales.

Cabe indicar que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000).



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