Como adelantó Gestión, el día de hoy se publicó la Ley 31699, que modifica cómo se maneja el recurso de casación en el sistema legal laboral peruano. Uno de los cambios más importantes es el que establece que las personas que recurran a una casación sin cumplir con los requisitos de esta serán multadas si se considera que actuaron con “una conducta maliciosa o temeraria”.
Es decir, se introduce el concepto de la multa por intentar prolongar/dilatar el proceso de mala fe. Este cambio, sin embargo, recién entrará en vigor dentro de 60 días.
La casación, vale recalcar, es un recurso que pueden interponer las partes para acudir a la Corte Suprema y mediante el que se ven temas de puro derecho, como la interpretación o aplicación de una norma por parte de los juzgados. El recurso es utilizado como una “tercera instancia” en el Perú, luego de haber pasado por un juez y la Corte Superior, pese a que este no es su real objetivo.
Según explica Alicia Jiménez, asociada principal del estudio PPU, la nueva ley busca crear más filtros de procedencia para que, en efecto, se deje de usar la casación como una tercera instancia.
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¿Cuáles son los cambios introducidos?
Otro cambio de vital importancia establece que la casación laboral solo podrá ser utilizada dentro de procesos cuya pretensión tenga un valor mayor a 500 URP (Unidades de Referencia Procesal) (S/247,500).
Además, se establece que si, convocada la audiencia de casación, el abogado recurrente no se apersona de manera injustificada, el recurso es declarado improcedente instantáneamente.
De acuerdo con Luis Vinatea, socio del estudio Vinatea & Toyama, “sucede mucho” que los recursos de casación no se acompañan con informes orales por parte de los abogados, debido a que los recursos de casación son altamente técnicos y normalmente se explican por escrito. En ese sentido, la norma afectaría a un número de casos.
Adicionalmente, se establece que no procederá el recurso de casación si “la sentencia de segunda instancia confirma la de primera instancia”. Es decir, si las sentencias de primera y segunda instancia dicen lo mismo no cabrá el uso de la casación, salvo en casos excepcionales en los que la sentencia de segunda instancia vaya en contar de un procedente de la Suprema.
Al respecto, Vinatea confirma que existen un gran número de casos en los que la primera y segunda instancia fallan en el mismo sentido, que el abogado llama la regla del “doble y conforme”. En ese sentido, nuevamente, habría una gran afectación a un número de casos laborales.
Otro punto importante señala que la Corte Superior revisará si la casación cumple con los requisitos formales de ley antes de enviarla a la Corte Suprema. Esto anteriormente no se hacía y era la misma Corte Suprema la que determinaba si se cumplían con los requisitos de admisibilidad del recurso o no.
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¿Cuál es el efecto práctico?
Vinatea recalca que lo que hará la norma es reducir el número de procesos de casación interpuestos y, por ende, la carga laboral de la Corte Suprema.
“Esto se traducirá en más rapidez. El número de casos que llega a la Suprema es alto y el tiempo que se demora en resolver es de año o año y medio”, explica el abogado.
Vinatea agrega que, además, esto hará que “la Corte Suprema se termine pronunciando solo sobre los casos más trascendentales. Ahora se emitirán pronunciamientos más relevantes y prestigiosos”.
Jiménez comenta también que, al ver que los procesos serán más agiles, es probable que un número de trabajadores vea nuevos incentivos para demandar a sus empleadores.
Crítica
Germán Lora, socio del estudio Damma, señala que la ley prioriza hacer más rápidos los procesos por sobre la generación de nueva jurisprudencia, lo que apoyaría a la seguridad jurídica.
“Cabe indicar que muchas veces quien acuden a la casación es el propio Estado, por lo que quien podría salir perdiendo con esta norma es el Ejecutivo”, agrega.