Los nuevos límites máximos de las tasas de interés para tres productos crediticios entrarán en vigencia hoy para las cajas municipales, que no podrán cobrar más de 83.4% de interés anual en los nuevos créditos de consumo, de consumo de bajo monto (menor o igual a dos UIT) y en los nuevos créditos para micro y pequeñas empresas empresas (mypes).
En el corto plazo, los nuevos límites máximos de las tasas de interés para tres productos crediticios tendrán un efecto nulo o casi nulo en la cartera de clientes de las cajas municipales, según la federación que reúne a estas entidades financieras. Sin embargo, el panorama podría cambiar dentro de seis meses.
De acuerdo con lo informado por el el Banco Central de Reserva (BCR), esta tasa será calculada semestralmente y equivale a dos veces la tasa de interés promedio de los créditos de consumo del sistema financiero entre los 2 y 7 meses previos a su vigencia.
“Por el momento no vemos que las tasas de interés vayan a afectar a la cartera de clientes de las cajas municipales ni la inclusión financiera que hacemos, porque las tasas que ofrecemos para esos productos son menores a las que ha fijado el BCR”, dijo el presidente de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), Fernando Ruiz-Caro, a gestion.pe.
Hasta la fecha, los créditos prendarios eran los únicos otorgados por las cajas municipales que superaban el límite recién fijado por el BCR, pero estos representan el 1% de su cartera. En tanto, las tasas promedio aplicadas por las cajas en los créditos para pequeñas empresas son de 22% y para microempresas, de 34%, según la FEPCMAC.
Sin embargo, los límites máximos podrían ser más reducidos dentro de un semestre, cuando el BCR haga nuevos cálculos basándose en el promedio de las tasas de interés que emplee el mercado financiero en los próximos meses. “Como los topes afectan a todo el sistema financiero, no solo a las cajas, en los próximos meses sí podría reducirse el promedio de tasas de interés cobrado. Entonces, los nuevos topes que calcule el BCR serían menores y podrían llegar a afectar a las cajas, sobre todo al tratar de incluir a nuevas personas, porque representan mayor riesgo”, explicó Ruiz-Caro.
Como se recuerda, a fines de abril la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 de la Ley 31143, que modifica la facultad excepcional del Banco Central de Reserva (BCR) para fijar topes a las tasas de interés de las entidades financieras. La postura del Gobierno coincide con la de la Federación de Cajas Municipales, que considera recomendable dejar que el fijado fije el costo del crédito.
De igual manera, el presidente de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú (Asomif), Jorge Delgado, reafirmó su rechazo hacia esta ley aprobada meses atrás por el Congreso de la República. No obstante, espera que el Parlamento y el Gobierno Central planteen alternativas para las entidades financieras que sí se verán perjudicadas por estas restricciones.
Estas alternativas deberían apuntar a reducir el número de personas que se verían excluidas del sistema financiero porque su nivel de riesgo no les permite encajar dentro de los nuevos topes, señala Delgado. “Esperamos que el Congreso y el Ejecutivo nos convoquen para buscar soluciones, como desarrollar una plataforma que reúna información necesaria para reducir los riesgos de ciertos clientes (como los recibos de servicios o contratos de alquiler) o lograr que se fijen ciertas normas para que la información se emita de manera más ordenada, no a nombre de terceros, por ejemplo. Hace falta construir esa información”, indicó.