
¿Un alto a inspecciones arbitrarias? El Ministerio de la Producción (Produce) se encuentra en la tarea de recibir comentarios y aportes de las entidades públicas o privadas luego de disponer, en abril del 2025, la publicación del proyecto “Decreto supremo que aprueba el reglamento de la Ley 29632″.
Como se recuerda, dicha norma está pensada para erradicar la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano.
En esa línea, Víctor Parra, a cargo de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Produce, compartió algunas claves en el marco del conversatorio que la Sociedad Nacional de Industrias organizó por el Día Internacional de la Cerveza.
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¿Un reglamento con vacíos conceptuales?
Durante su intervención, el vocero de Produce hizo hincapié en que el reglamento “es importante para los comercializadores más que para los productores”. “El comercializador es mayorista de cerveza”, acotó.
Se enfocó, entonces, en las dudas que el ordenamiento aún genera: por ejemplo, la definición de bebida alcohólica artesanal. Precisó que esta mención no alude al nicho dedicado a su venta, sino a la bebida que se elabora para el consumo del mismo productor.
“¿Aquel que hace cerveza artesanal, en este caso, tiene la misma regulación que aquel que importa su producto? No hay una distinción aún y se nota incluso cuando hablan del impuesto selectivo al consumo o de diferentes regulaciones", sostuvo.
En ese sentido, fue enfático: “Hay muchos aspectos por trabajar en la regulación. [...] Produce tiene el deber articulador para sentarse, por ejemplo, con el MEF y decir que vale la pena regular de manera distinta algunos aspectos de lo artesanal, porque ayuda de manera territorial a la escalabilidad de la producción. Porque abarca todas las cadenas de la agricultura; es decir, genera valor en la compra de frutas, insumos agrarios, etcétera”.
Pero la premisa queda por ahora solo como una idea porque, de acuerdo con Parra, “son aspectos que este reglamento no va a abordar”.
“Lo que sí va a abordar son aquellos puntos sancionadores para aquellos que hacen bebidas alcohólicas adulteradas, por ejemplo”, adicionó.

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“Ventajas” del nuevo reglamento
El representante ministerial habló sobre la dificultad para administrar una multa.
“Ya existe un reglamento actual, pero las municipalidades difícilmente pueden aplicar una sanción a alguien que adultera una cerveza, porque no hay una fórmula de cálculo de multa. Por tanto, aunque caiga la fiscalización, ¿cómo lo multan? No hay. Eso, por ejemplo, sí lo estamos poniendo", afirmó.
Determinó así que esta exactitud “ayudará a una mayor formalización”. No obstante, confesó que aún hay mucho trabajo en camino.
“A través de redes y de los diferentes comités, [tenemos] las puertas abiertas para sentarnos a trabajar estos temas. En las exposiciones uno va captando ciertos temas, pero yo no soy cervecero; o sea, yo no conozco de adentro la industria”, mencionó a propósito de la temática del evento.
El sector cervecero se muestra como uno de los más interesados porque, solo en el 2024, generó un aporte de S/4,591 millones a los tributos del país. Asimismo, registró un intercambio comercial de US$ 41 millones, compartió la SNI.
Cabe destacar, además, que el 98% de la industria que produce cerveza es mype.


Redactora de Economía en diario Gestión. Periodista piurana con seis años de experiencia profesional en el rubro.