
En el día a día, los consumidores pueden enfrentar problemas como cobros indebidos, productos defectuosos o servicios que no cumplen lo ofrecido. Sin embargo, cuando las afectaciones alcanzan a muchas personas, la vía judicial se vuelve más compleja.
Con el fin de hacer más accesible este camino, el Congreso de la República aprobó el dictamen del Proyecto de Ley Nº 11082 que busca fortalecer la defensa judicial de los intereses colectivos, esto plantea interrogantes sobre su aplicación práctica y su viabilidad.

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A 15 años de la entrada en vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor, las demandas colectivas en defensa de los consumidores prácticamente no se han utilizado.
Según el Parlamento, las asociaciones de consumidores no han presentado ninguna acción judicial y el Indecopi solo ha promovido un proceso, lo que evidencia limitaciones en el marco legal y operativo actual para atender casos que afectan a un grupo amplio de personas.
La propuesta
El dictamen del Proyecto de Ley Nº 11082/2024, aprobado por la Comisión de Defensa del Consumidor, plantea modificar el Código de Protección y Defensa del Consumidor para facilitar el acceso a la justicia en este tipo de casos.
La iniciativa permite que las asociaciones de consumidores puedan demandar directamente ante el Poder Judicial, sin requerir autorización previa del Indecopi, y que este organismo también esté facultado para iniciar de oficio procesos judiciales cuando detecte infracciones con efectos colectivos o difusos.
Además, el proyecto propone crear un fondo especial con los montos no reclamados de las indemnizaciones obtenidas en estos procesos. Dichos recursos se destinarán a financiar actividades de difusión de derechos y patrocinio de consumidores, buscando fortalecer las herramientas disponibles para su defensa judicial.
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Facultades del Indecopi y cambios planteados
Para el abogado Alex Sosa, socio del Estudio Muñiz, la facultad del Indecopi para iniciar procesos judiciales no es nueva. Recordó que el Decreto Legislativo 1390, vigente desde 2018, ya legitimó al organismo para promover de oficio acciones judiciales en defensa de los intereses difusos de los consumidores.
“Lo que hace el dictamen es reafirmar una atribución que ya existía, pero que el Indecopi no ha utilizado. Desde 2018 solo ha iniciado un caso judicial, y su competencia fue incluso discutible”, señaló.
Por su parte, Lyliana Ongaro, asociada en DLA Piper Perú, explicó que el proyecto, en la práctica, esto permitirá que las asociaciones de consumidores actúen sin delegación del Indecopi, tanto para defender intereses colectivos como difusos.
“Actualmente, el Indecopi puede delegar esta facultad solo en casos colectivos y bajo criterios de representatividad y trayectoria. Con la reforma, se elimina ese filtro”, precisó.
Riesgo de incremento de procesos judiciales
Ambos especialistas coinciden en que el cambio puede incrementar la judicialización de los conflictos en materia de consumo.
Sosa advirtió que al facultar al Indecopi para iniciar demandas por daños y perjuicios de oficio, las empresas sancionadas podrían optar por llevar todos sus casos hasta la vía judicial para ganar tiempo o evitar pagos inmediatos.
“Si las empresas saben que el Indecopi puede demandarlas una vez que la resolución quede firme, tendrán un incentivo para apelar y judicializar cada decisión. Eso puede saturar más al sistema”, explicó.
Ongaro también considera que la eliminación del filtro del Indecopi podría tener efectos similares, pero desde el otro lado del sistema. Señaló que existen 114 asociaciones de consumidores registradas, y no todas cumplen estándares de legitimidad.
“Darles vía libre para demandar sin supervisión puede generar un incremento de procesos judiciales y mayores costos procesales. Ya contamos con un sistema administrativo robusto con sanciones de hasta 450 UIT y medidas correctivas; duplicar procesos podría afectar la eficiencia”, indicó.

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Representatividad y legitimidad de las asociaciones
Uno de los puntos críticos identificados por Ongaro es el riesgo de que la norma amplíe la participación de asociaciones con fines económicos antes que de defensa real del consumidor.
Explicó que, en la actualidad, estas entidades pueden recibir un porcentaje de la multa si ganan un procedimiento administrativo, lo que ha incentivado la creación de asociaciones sin trayectoria consolidada. “
Hay muchas que interponen denuncias por defectos menores solo para sostenerse económicamente. Llevar esa práctica al ámbito judicial sería problemático”, advirtió.
Sosa, en tanto, resaltó que el verdadero problema no radica en la falta de facultades, sino en la inactividad del Indecopi y en la ausencia de una estrategia clara para aplicar los mecanismos existentes.
“No se trata de que la norma sea inadecuada, sino de que no se ha aplicado. El proyecto intenta corregir un problema de gestión institucional más que un vacío legal”, comentó.
Impacto institucional y sostenibilidad
Sosa añadió que el predictamen no evalúa adecuadamente el costo-beneficio de las modificaciones. Explicó que una mayor carga procesal implicará recursos adicionales, más personal y tiempo, lo que podría afectar la sostenibilidad institucional del Indecopi.
“El análisis económico del proyecto no contempla el impacto operativo. Judicializar más casos supone un costo, aunque no se traduzca solo en dinero”, señaló.
Ongaro coincidió en la necesidad de analizar con mayor profundidad el impacto práctico antes de aprobar el texto.
“El objetivo de fortalecer la defensa judicial del consumidor es legítimo, pero debe evaluarse si realmente beneficiará al consumidor final o si generará más litigios y sobrecostos”, sostuvo.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.