El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), José Arista, ya se alista para la publicación de dos decretos legislativos más en el marco de las facultades delegadas. Uno de ellos, vinculados a la llamada “Tasa Netflix”.
Como ya se había adelantado, lo que busca este decreto es que las economías digitales no domiciliadas en Perú, como Netflix, Airbnb y otros servicios, paguen el Impuesto General a las Ventas (IGV), es decir, un 18%. Esto se daría a través del sistema bancario.
“Se esperarán unos dos meses para la adecuación de estas medidas a través de la modificación de los sistemas tanto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) como del sistema bancario. Entonces, posiblemente en dos meses (en octubre) estén gravados estos servicios”, agregó el ministro.
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El ministro de Economía y Finanzas también estimó que esta medida, junto a otra relacionada al cobro de impuestos por transacciones en la bolsa de valores, generarían una recaudación de S/800 millones anuales, aproximadamente. Aunque, Gestión supo que la expectativa es superar los S/ 1,000 millones.
Además, este diario conoció que el MEF se reunirá en los próximos días con la Sunat para definir claramente el procedimiento necesario.
Pertinencia
Walker Villanueva, socio de Impuestos y Comercio Internacional de PPU, consideró que la medida es positiva, pues en otros países, como Colombia, Chile y Argentina, esto ya venía ocurriendo desde hace unos años.
“Es una medida positiva, aunque tardía. Ya varios países de la región nos adelantaban. Solo hemos tomado la decisión de cobrar IGV porque se caía por su propio peso. Fuera de Lima, existe un emprendimiento regional que brinda servicio de delivery y se le aplica impuestos. Lo que va a ocurrir es que se atiende un escenario de competencia desleal, ya se iguala condiciones con otras empresas del mismo rubro”, precisó Villanueva.
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En la misma línea, Giorgio Balza, asociado principal de Cuatrecasas, saludó el anuncio de esta medida. “Estamos adecuándonos a esta tendencia a nivel internacional de gravar estos servicios cuando se presta a personas naturales”, comentó.
Ambos especialistas coincidieron en que, muy probablemente, este mayor costo será trasladado a los usuarios finales. “Se debe tener presente que la medida es sobre el IGV, entonces, si hasta hoy te costaba el servicio US$10, pasará a estar 18% (más)”, apuntó Villanueva.
En la misma línea, agregó Balza: “Dependiendo del mecanismo que se implemente, podría ser trasladado al usuario final. Por ejemplo, si a Netflix tiene que llegarle US$10 siempre y el Estado quiere agregar un 18%, muy probablemente, se establezca que lo asume el usuario”.
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El alcance y el cobro
Ahora bien, ¿qué plataformas o servicios serán alcanzados por esta medida? Villanueva indicó que la definición es amplia y alcanzarían a plataformas colaborativas, como Airbnb o Uber; las que generan su propio contenido, como Netflix y otras de streaming; y también las que ofrecen publicidad, como las redes sociales. “Hablamos de cualquier servicio que se preste a través de la economía digital”, anotó.
A su turno, Balza señaló que la medida alcanzaría a todo tipo de servicio digital que se ofrece. Aunque precisó que debería definirse en el decreto legislativo que se presentará.
En tanto, sobre el esquema de cobro, donde Arista dijo que el sistema bancario se encargará de detraer los montos, Villanueva mencionó que los países vecinos tienen “mecanismos simplificados”, mediante las cuales las mismas empresas pagan sus impuestos.
“En lugar de estar yendo a los intermediarios, se pudo hacer un mecanismo simplificado”, precisó.
Balza, por su parte, indicó que la eficiencia en los cobros dependerá, en gran medida, de la eficiente operatividad e interacción entre todas las partes involucradas, entre otros detalles.
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Se pone en la mira a las personas que alquilan
Airbnb es una de las plataformas que también está incluida en la lista que pagará 18% de IGV en octubre. Pero, en este caso, la situación merece incluso más análisis, pues involucra a personas que ponen en alquiler propiedades para otros usuarios, a los que también se pondrá el foco.
“A través de este sistema también le estamos cobrando (a Airbnb) el IGV. Pero lo más importante (en este caso) es que le va a otorgar a la Sunat la información necesaria para que aquellas personas que se dedican a esta actividad de manera consuetudinaria paguen también el Impuesto a la Renta (IR)”, dijo el titular del MEF.
A su consideración, con esta información la Sunat ahora tiene una “poderosa herramienta para entrar a fiscalizar a estos negocios que actualmente no contribuyen al fisco”.
Sobre este punto, Jorge Picón, abogado tributarista, explicó que una persona natural que ofrece sus departamentos a través del aplicativo básicamente está alquilando por lo que deberá pagar un IR de 5%.
Si bien esto es así, Gestión supo que se “tamizará” finamente a los que ofrecen los inmuebles en alquiler para reconocer a aquellos que no solo ofrecen una propiedad sino que prácticamente son como empresas con edificios destinados a Airbnb.
Esto permitiría que se configure como una persona jurídica y en este caso pagarían por Impuesto a la Renta un 29.5%.
Esto no es una sorpresa. Ya este diario había informado que Sunat había puesto en la mira a quienes alquilan propiedades. En detalle, la superintendencia había iniciado una campaña dirigida a los contribuyentes que declaran que su domicilio fiscal es alquilado.
¿Su objetivo? Que aquellos que han registrado un domicilio fiscal en condición de alquiler proporcionen la documentación que respalde dicha afirmación para asegurar que los arrendadores cumplan con el pago del IR generado por estos alquileres.
Bachiller en Comunicación y Periodismo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), especializado en economía, negocios, mercado laboral, políticas públicas, tributario, procesos concursales.
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