Los peajes nuevamente están en el ojo de la tormenta. Después de que Rutas de Lima diera a conocer –como parte del contrato que mantiene con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML)– que subiría la tarifa del peaje de S/6.50 a S/7.50, una seguidilla de sucesos hoy pone en tela de juicio los mensajes que se están enviando a los inversionistas en el país.
Hace unos días, el Poder Judicial (PJ) dispuso suspender el cobro del peaje de Puente Piedra. Frente a ello, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (Afin) comenta con preocupación a Gestión: “El mensaje es grave, le estamos diciendo a grandes inversionistas que no pueden invertir en Perú. (...) Es una señal muy negativa de no respeto a los contratos firmados”.
Para el gremio, la solución a la situación de Puente Piedra es que las municipalidades involucradas hagan otra vía alterna.
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Afin destaca una diferencia clave entre las vías concesionadas y aquellas que no lo están: el mantenimiento. “En el país, cada vez se invierte menos en mantenimiento de carreteras no concesionadas: en 2023, el gasto de mantenimiento de vías, gestionadas por el Estado, disminuyó 20% respecto al 2022 y fue 6% menor que en 2019, en términos nominales. Entre 2015 y 2022, el gasto de mantenimiento vial representó el 0.3% del PBI”, dice.
La exministra de Transportes y Comunicaciones, Paola Lazarte, señala a este diario que las medidas cautelares “suceden todo el tiempo en las obras públicas, pero en esos casos son las empresas las que presentan las cautelares. En esta oportunidad es un tercero que no está en el contrato”.
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El concesionario
Rutas de Lima ya ha expresado su rechazo a esta situación, argumentando que la medida atenta gravemente contra el artículo 62 de la Constitución. Este artículo protege los contratos y establece que sus términos no pueden ser modificados por disposiciones legales.
La empresa sostuvo que el contrato de concesión, suscrito con la MML, solo puede ser evaluado por un tribunal arbitral, según lo estipulado en dicho contrato.
“La única autoridad competente para resolver cualquier controversia vinculada al contrato de concesión, incluyendo su validez, es un tribunal arbitral constituido al amparo del contrato”, refirió la compañía.
Pese a esto, indicaron mediante un comunicado, que una vez notificados, acatarán con la suspensión de cobro de peajes y procederán con el cierre de las garitas.
“Se está desconociendo el fuero arbitral especializado que contemplan todos los contratos de concesión. El aplauso fácil de hoy va a generar mayores costos mañana, porque todos los peruanos tendremos que pagar lo que se deje de percibir por el periodo que esa medida esté vigente”, agrega Afin.
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La suspensión
El Poder Judicial dispuso cerrar temporalmente las casetas del peaje Chillón, situadas en el distrito de Puente Piedra, y dejar de cobrar los S/ 6.50 a los vehículos que circulan por esa vía. Hasta el cierre de esta edición, la empresa no ha realizado dicha suspensión porque aún no ha sido notificada oficialmente sobre el fallo.
La medida fue presentada por la Asociación Casa Huerta El Paraíso en tanto se resuelve el arbitraje con la MML. Según el grupo de vecinos de Puente Piedra, este es un primer paso para buscar la nulidad del contrato.
Además, buscan una reunión con el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, para coordinar los pasos a seguir con la petición de nulidad. En tanto, el burgomaestre ha felicitado la medida, indicando que “una empresa envuelta en varios escándalos (...) no puede beneficiarse de la estabilidad jurídica peruana”.
Análisis de la decisión
La discusión va más allá. Sobre la competencia del Poder Judicial de aplicar medidas cautelares en procesos comerciales, existe otro debate.
El abogado constitucionalista, Samuel Abad, califica la medida como “absolutamente irregular”. El letrado sostiene que todas las controversias relacionadas con contratos de concesión deben resolverse en tribunales arbitrales, no en el Poder Judicial.
Advierte que esta acción podría llevar a un arbitraje en el cual el Estado podría perder por incumplimiento.
“El tema no es nuevo, ya está claro que no se pueden modificar los contratos. No hay sustento jurídico sólido para exigir que la empresa deje de cobrar peajes ya que esto está estipulado en el contrato que fue firmado por la misma MML. Las medidas cautelares son excepcionales, se otorgan ante una urgencia antes de presentar una demanda y los peajes se han ido cobrando con regularidad”, detalla.
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