Vivienda de interés social. (Foto: Difusión)
Vivienda de interés social. (Foto: Difusión)

El Ejecutivo actualizó los valores máximos de la(VIS) en la modalidad de adquisición de vivienda nueva hasta los S/ 136,000.

Así lo determinó a través del Decreto Supremo Nº 007-2025-Vivienda, publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario El Peruano.

La referida norma actualiza los valores máximos de la Vivienda de Interés Social en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN), hasta los S/ 109,000 para la VIS unifamiliar y hasta los S/ 136,000 para la VIS en o conjunto residencial.

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Metodología para la actualización 

La norma también dispone que los valores máximos de la VIS en la modalidad de AVN se actualizan en el siguiente año fiscal, por la variación anual de los siguientes indicadores: el Índice de Precios de Materiales de la Construcción a Nivel de Lima Metropolitana (IPMC) del año anteriorel Promedio del incremento de los jornales básicos diarios de los trabajadores de construcción civil (Promo) del último año, y el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional del año anterior.

También indica que la actualización de los valores máximos de la VIS en la modalidad de AVN, es producto de la multiplicación del valor de vivienda del año anterior por la sumatoria del producto de las ponderaciones del valor de la por el respectivo factor de ajuste de los indicadores: IPMC, PROMO e IPC, con redondeo a la centena superior.

Asimismo, a través de una Disposición Complementaria Transitoria Única, referida a los “Expedientes en trámite”, se establece que los valores máximos de la VIS establecidos en el Decreto Supremo Nº 005-2024-Vivienda se aplican a los proyectos que, a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, cuenten: con anteproyecto en consulta; con licencia de habilitación urbana con construcción simultánea; con licencia de edificación; con expediente ingresado ante la autoridad competente para cualquiera de los casos mencionados; o, con Código de Registro de Proyectos.

Finalmente en otra Disposición Complementaria Derogatoria, se deroga el Decreto Supremo Nº 016-2017-Vivienda.

La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; del ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes Espejo; y del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Durich Whittembury Talledo.

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